El exministro del Gobierno de Ollanta Humala ya no tendrá prohibido ausentarse del lugar donde reside en Lima sin previa autorización judicial, gracias a la aplicación de la Ley 32130 que establece un plazo para dicha restricción.
El Poder Judicial levantó la regla de conducta impuesta al exministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla, que le prohibía ausentarse del lugar donde reside en Lima sin previa autorización judicial como parte del proceso penal que se le sigue por el caso Gasoducto Sur Peruano, vinculado a Odebrecht
El juez Leodan Cristobal Ayala determinó que dicha regla de conducta impuesta a Castilla Rubio ya "caducó" al aplicar, de manera directa y retroactiva, la ley 32130, que fue publicada el último 10 de octubre tras su aprobación en el Congreso de la República.
Esta norma establece un plazo para esta restricción procesal en vista de que no estaba contemplado dentro del numeral 2 del artículo 287 del Código Procesal Penal, en el cual dicha regla de conducta tenía una duración incierta e indeterminada.
Al respecto, el magistrado precisó que de acuerdo con la nueva ley, el plazo aplicable a esta regla de conducta para procesos de criminalidad organizada no será mayor de 36 meses.
En atención a ello, el juez Cristobal Ayala determinó que el exministro Luis Miguel Castilla viene cumpliendo esta regla de conducta desde el 7 de agosto del 2020, por lo que a la fecha han transcurrido más de cuatro años desde su ejecución, esto es más allá del plazo recientemente fijado por la ley 32130, norma que es favorable al procesado.
Comparte esta noticia