Nicanor Boluarte es investigado por el caso 'Los waykis en la sombra', una presunta organización criminal que, según la tesis fiscal, habría captado a personas alienadas a los intereses de esta red delictiva para colocarlas en puestos claves de entidades del Estado, como prefecturas y subprefecturas, con el fin de recabar fichas de afiliación y brindar aportes económicos para la inscripción del partido Ciudadanos por el Perú ante el JNE.
El Tribunal Constitucional (TC) deberá determinar si ordena o no apartar al juez Richard Concepción Carhuancho y anula toda decisión que haya tomado dicho magistrado dentro de la investigación preparatoria que afronta Nicanor Boluarte, hermano de la presidenta Dina Boluarte, y otros por el caso 'Los waykis en la sombra'.
Esto debido a que la Primera Sala Constitucional de Lima decidió "conceder" los recursos de agravio constitucional presentados por la defensa legal de Nicanor Boluarte y el ciudadano Gonzalo Alberto Tello Vildozola contra las resoluciones emitidas por dicho colegiado el 28 de noviembre y 17 de diciembre del 2,024 en las que confirmó las sentencias emitidas por el juez José Camargo Cabezas en las que había declarado "improcedente" las demandas de habeas corpus que habían presentado, por separado, en las qué hacían estos pedidos.
A través de dos resoluciones emitidas el último 28 de enero a los que tuvo acceso RPP, la sala superior determinó que ambos recursos fueron presentados dentro del plazo de ley y están comprendidas dentro de los alcances establecidos en artículo 24 del Nuevo Código Procesal Constitucional para ser admitidos.
Ante ello, el tribunal superior dispuso remitir estos recursos de agravio constitucional al Tribunal Constitucional, instancia que, si los admite a trámite, deberá convocar a una audiencia para evaluar el fondo de estas demandas de habeas corpus con la participación de las partes involucradas a fin de emitir una decisión final al respecto.
Según la tesis fiscal, 'Los waykis en la sombra' es una presunta organización criminal que habría captado a personas alienadas a los intereses de esta red criminal para colocarlas en puestos claves de entidades del Estado, como prefecturas y subprefecturas a nivel nacional, con el fin de recabar fichas de afiliación y brindar aportes económicos para la inscripción del partido Ciudadanos por el Perú ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
LAS RESOLUCIONES CUESTIONADAS
La Primera Sala Constitucional de Lima confirmo la sentencia que emitió el juez José Camargo Cabezas el 21 de noviembre del 2,024 en la que declaró "improcedente" la demanda de habeas corpus interpuesta por la defensa legal de Nicanor Boluarte con la que buscaba apartar al juez Richard Concepción Carhuancho y que se anule toda decisión que haya tomado respecto a privar de su libertad a su patrocinado por una supuesta falta de imparcialidad por haber adelantado detalles del caso durante una clase magistral.
Mediante una resolución emitida el 28 de noviembre del 2,024 a la que tuvo acceso RPP, el colegiado rechazo el recurso de apelación que presentó la defensa legal de Nicanor Boluarte contra dicha sentencia al determinar que el demandante cuenta con las herramientas procesales que la ley le otorga (como la recusación y la apelación) para hacer valer su derecho e impugnar las resoluciones que considera le son desfavorables en la justicia ordinaria.
La Primera Sala Constitucional de Lima también confirmó la sentencia emitida por el juez José Camargo Cabezas el 5 de diciembre del 2024, en la declaró "improcedente" una demanda de habeas corpus presentada por el ciudadano Gonzalo Alberto Tello Vildozola con el que se buscaba anular el mandato de prisión preventiva por 36 meses que se impuso a Nicanor Boluarte por el caso 'Los waykis en la sombra' y se aparte al Juez Richard Concepción Carhuancho de este proceso penal.
En esta demanda de habeas corpus se atribuye al juez Richard Concepción Carhuancho una actuación parcializada por haber dictado un curso para un instituto, el 15 de agosto del 2024, en la se utilizó una diapositiva en el que se presentaron fotografías de Nicanor Boluarte y del abogado Mateo Castañeda con un diagrama que simularía la presentación de una organización criminal y con lo cual habría adelantado opinión respecto a lo que iba a resolver sobre el requerimiento fiscal de prisión preventiva contra estos investigados por el caso 'Los waykis en la sombra'.
No obstante, a través de una resolución emitida el 17 de diciembre del 2024 a la que tuvo acceso RPP, el colegiado también rechazó el recurso de apelación que presentó dicho ciudadano contra la referida sentencia al determinar que con dicha demanda de habeas corpus lo que "se pretende es que la justicia constitucional se avoque al conocimiento de asuntos propios de la jurisdicción ordinaria y que vienen siendo discutidos en el proceso penal subyacente, como son la apelación interpuesta contra el mandato de prisión preventiva dictado contra Wigberto Nicanor Boluarte Zegarra y la recusación formulada contra el magistrado Richard Augusto Concepción Carhuancho".
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