El constitucionalista Domingo García Belaunde dijo que el recurso de agravio constitucional "legalmente hablando no debería ir nunca”.
El Tribunal Constitucional (TC) no tiene competencia para ver el recurso de agravio constitucional de la Sexta Sala Penal para Reos Libres para dejar sin efecto la resolución judicial que acogió el hábeas corpus de la primera dama, Nadine Heredia, y archivó la investigación por presunto delito de lavado de activos.
Así lo sostuvo en entrevista con RPP Noticias el constitucionalista Domingo García Belaunde, quien consideró que ese recurso "legalmente hablando no debería ir nunca”.
"De acuerdo con la Constitución, desde hace 35 años, porque esto nace de la Constitución de 1979, aquella persona que obtiene una sentencia favorable en un hábeas corpus en segunda instancia, ese caso muere ahí, no puede ir al Tribunal Constitucional”, manifestó.
El experto indicó que que en caso de que el pronunciamiento del TC fuera contrario a la esposa del mandatario Ollanta Humala Primera, “teóricamente ella iría a la Comisión Interamericana para quejarse”.
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