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Revocar detención preliminar de Nicanor Boluarte y Mateo Castañeda "debilita el trabajo fiscal", afirma penalista

La Quinta Sala Penal de Apelaciones revocó anoche la detención preliminar de 5 investigados por caso 'Los Waykis en la Sombra'
La Quinta Sala Penal de Apelaciones revocó anoche la detención preliminar de 5 investigados por caso 'Los Waykis en la Sombra' | Fuente: Composición RPP

El abogado Paolo Aldea indicó que la decisión judicial significa un "cambio de criterio" respecto a los procedimientos con organizaciones criminales. Además, dijo que hubo un "adelanto de juicio" sobre la peligrosidad de la presunta organización criminal.

Judiciales

La Quinta Sala Penal de Apelaciones revocó anoche la detención preliminar de 5 investigados por caso 'Los Waykis en la Sombra'

El Poder Judicial resolvió ayer, viernes, revocar la detención preliminar contra Nicanor Boluarte, hermano de la jefa de Estado, y Mateo Castañeda, abogado de la mandataria por el caso Rólex; ambos investigados por el caso 'Los Waykis en la Sombra'.

La decisión fue tomada por la Quinta Sala Penal de Apelaciones en una audiencia en la que la defensa legal de los investigados solicitó la referida medida, la cual también alcanzó a Noriel Chingay, Jorge Chingay y Jorge Luis Ortiz, investigados por el presunto delito de organización criminal y tráfico de influencias. Todos fueron liberados de manera inmediata. 

"El tribunal sustentó que no se cumplen los requisitos que establece el Código Procesal Penal para imponer la medida, no existe peligro de fuga ni de obstaculización para la averiguación de la verdad por parte de los imputados", indicó el Poder Judicial a través de X (ex Twitter).

Al respecto, el abogado penalista Paolo Aldea, en diálogo con RPP, consideró que la decisión de la referida sala significaba un "cambio de criterio" respecto a lo habitual en la investigación contra organizaciones criminales, y además se habría dado un adelanto de juicio que vulnera el trabajo de la Fiscalía. 

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"Se ha debilitado mucho la tesis fiscal con la decisión de ayer"

Aldea Quincho sostuvo que con la decisión del Poder Judicial "se ha debilitado mucho la tesis fiscal" y que "fue una sorpresa para todos", ya que se habría realizado un "adelanto de juicio" sobre la "peligrosidad" de la presunta organización criminal y "sobre la suficiencia de pruebas".

"Ayer, los jueces no solamente han dicho que aquí ha habido un exceso en el uso de la detención preliminar, lo que han dicho es ‘no hay un solo elemento objetivo sobre el peligro de fuga, no hay un solo elemento objetivo sobre el peligro de obstaculización’ (...) Esto marca un precedente que los abogados familiarizados con estos temas no lo hemos escuchado antes", indicó.

En ese sentido, el penalista indicó que "hay una coincidencia que no huele muy bien".

"Lo que ha ocurrido ayer es un giro de 180° en los propios criterios de la sala de apelaciones. (Hay) una coincidencia que no huele muy bien", aseveró.

"Si a esto le sumamos un factor interesante que no debe pasar desapercibido: el señor Vivanco (abogado de Nicanor Boluarte) tiene más de 5 visitas al despacho del exviceministro de Orden Interno, hoy ministro del Interior. Incluso, una visita del 10 de mayo, a horas de la mañana, cuando se estaba realizando el allanamiento en la casa de Nicanor Boluarte y en las oficinas y domicilio de Mateo Castañeda", agregó.

"A partir de hoy, las organizaciones criminales no deberían sufrir una detención preliminar"

Asimismo, Paolo Aldea consideró que, con la decisión de la sala de apelaciones se establece un precedente que indica que "las organizaciones criminales no deberían sufrir una detención preliminar".

"Más allá de la decisión, lo que nos preocupa un poco es la motivación: ¿qué ha llevado a la sala, cómo es que han justificado los jueces de la sala esta revocatoria? Primero dice ‘que los criterios de gravedad de la pena, la magnitud del daño y pertenencia a una organización criminal no deben ser suficientes para justificar una detención preliminar’, y se basan en un supuesto acuerdo plenario del 2018. Nunca la Corte Suprema ha establecido ese precedente", indicó. 

"Lo que ha ocurrido ayer no solamente es una revocatoria, sino un cambio de criterio. Lo que se ha dicho ayer es bastante interesante (…), y ahora marca una pauta; a partir de hoy, las organizaciones criminales no deberían sufrir una detención preliminar por estos tres criterios", añadió. 

Consultado sobre la posibilidad de que la Fiscalía solicite prisión preventiva contra los investigados, el abogado señaló que es posible, pero dijo que, de ser concedida, la defensa apelará ante la misma sala que dispuso la libertad de los presuntos miembros de la organización delictiva.

"Lo puede hacer (solicitar prisión preventiva), pero imaginemos que el juez le da la prisión preventiva en el transcurso de la semana que viene. La apelación va a subir a este mismo colegiado, a esta misma sala, y estos jueces pareciera que habrían adelantado un criterio, porque se pronuncian sobre la existencia o no de una organización criminal, la existencia o no de peligro", afirmó.

"Lo peor, lo más fuerte que yo no recuerdo haber escuchado en ningún otro caso de organización criminal es la forma como se ha cometido el delito. Los hechos del delito no los puedes utilizar para el peligro. Me dices que hay peligro de obstaculización porque diriges, manejas una red que influye en la decisión de nombramiento de estas autoridades políticas para que luego se utilice este aparato para recolectar firmas destinadas a construir un partido político", puntualizó. 

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Luis Felipe Rodriguez Jimenez

Luis Felipe Rodriguez Jimenez Redactor web / Periodista

Periodista formado en las aulas sanmarquinas. Trabajo en temas políticos y culturales

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