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Asilo en Estados Unidos: conoce cuál es el beneficio que tienen los que solicitaron el apoyo en los últimos dos años

Asilo en EEUU | El asilo es una herramienta sumamente utilizada por personas extranjeras para vivir en Estados Unidos
Asilo en EEUU | El asilo es una herramienta sumamente utilizada por personas extranjeras para vivir en Estados Unidos | Fuente: EFE

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés) informó recientemente un beneficio para un grupo en específico.

Para quienes tengan la intención de irse a vivir a los Estados Unidos y demuestren que están en riesgo en su país de origen, el asilo es una gran posibilidad para hacerlo. En ese caso, los beneficiarios de este régimen tienen la posibilidad de residir temporalmente y hasta solicitar la autorización de empleo.

Otro de los beneficios que tienen los que consiguieron el asilo, está el de solicitar a familiares. Según Uscis, quienes obtengan asilo o refugio en Estados Unidos durante los últimos dos años, pueden solicitar este recurso para ciertos familiares. En caso de cumplir con los requisitos, la familia directa del beneficiario podría residir legalmente en el territorio norteamericano.

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Requisitos para solicitud de familiares siendo asilado en Estados Unidos

Los requisitos para solicitar a familiares siendo asilado son los siguientes:

  • El patrocinador debe ser asilado o refugiado de forma directa, no puede ser obtenido a partir de un familiar.
  • Es opcional ser poseedor de Green Card.
  • El peticionario debió recibir el permiso de asilo o refugio en los últimos dos años.
  • El patrocinador no debe ser ciudadano de Estados Unidos. En ese caso, puede solicitar la residencia para familiares mediante otros métodos.
  • En el caso del cónyuge, deben estar casados previamente a la llegada a Estados Unidos.
  • En el caso de hijos, además de ser solteros y menores de 21 años, debieron ser concebidos antes de obtener el asilo o ingresar a EE.UU. como refugiado.
  • Presentar el Formulario I-730, Petición de Familiares de Refugiados y Asilados.

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