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Latam responde a Sunat: Nunca hemos gozado de exoneraciones tributarias

Latam Perú sale al frente y rechaza informe de la Sunat que señala que se benefició con exoneraciones tributarias por más de US$ 1,341 millones.
Latam Perú sale al frente y rechaza informe de la Sunat que señala que se benefició con exoneraciones tributarias por más de US$ 1,341 millones. | Fuente: Andina

La aerolínea señala que el documento de la Sunat, que señala que dejaron de pagar más de US$ 1,341 millones, "no corresponde a exoneraciones de impuestos".

La empresa Latam Airlines Perú negó la información difundida por la Sunat que señala que se benefició con exoneraciones tributarias a la importación de aeronaves por US$ 1,341 millones entre el 2010 y el 2015.

Rechazo. “Negamos tajantemente que la empresa tenga deuda alguna con la Sunat y/o haya gozado de exoneración de impuestos. Es más, desde el inicio de nuestras operaciones -hace más de 18 años-, hemos cumplido con todas las obligaciones tributarias, inclusive catalogados por la SUNAT como Principal Contribuyente Nacional”, indicó en un comunicado.

Latam precisó que el documento dado a conocer por la Sunat, que hace referencia a las empresas aéreas que se beneficiaron con la Ley 29624, que exoneraba del IGV a la importación de aeronaves y sus partes, “contiene montos que no son exigibles, ni mucho menos que correspondan a exoneraciones de impuestos”.

“Negamos tajantemente que la empresa tenga deuda alguna con la Sunat
“Negamos tajantemente que la empresa tenga deuda alguna con la Sunat", afirmó Latam Perú. | Fuente: Andina

No se generó obligación tributaria. “Es decir, la cifra indicada en dicho informe no quiere decir que Latam dejó de cumplir el pago de impuestos. Por el contrario, es un monto que se basa en el supuesto que las aeronaves utilizadas no hayan ingresado bajo Internamiento Temporal, régimen legal que puede ser aplicado por cualquier ciudadano para diversos bienes, según la Ley General de Aduanas. El Régimen Temporal no genera obligación tributaria alguna”, refiere.

Asimismo, la aerolínea sostiene que el beneficio de exoneración del pago del IGV por depreciación acelerada contenida en la Ley N° 29624 y en el Proyecto de Ley 551, “solo es aplicable para quienes internan de forma definitiva las aeronaves, modalidad que nunca ha sido utilizada por nuestra empresa”.

“Es decir, nunca hemos accedido al beneficio de exoneración de IGV”, sentenció Latam Airlines Perú.

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