Buscar
Reproduciendo
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Reflexiones del evangelio
Domingo 6 de julio | "¡Pónganse en camino! Miren que los envío como corderos en medio de lobos. No lleven talega, ni alforja, ni sandalias; y no se detengan a saludar a nadie por el camino"
EP 1022 • 12:04
Sencillo y al Bolsillo
EP13 | GASTOS HORMIGA: CÓMO DETECTARLOS Y EVITAR QUE ARRUINEN TU PRESUPUESTO
EP 13 • 08:23
Toco y me voy
¡VUELVE A SER BLANQUIAZUL! SERGIO PEÑA VUELVE A ALIANZA LIMA
EP 1 • 49:32

El vía crucis fiscal

De cómo no poder abonar un impuesto como el del mes de diciembre del año pasado, puede generar hoy un serísimo problema de cobranza coactiva, ante la falta de apoyos fiscales vigentes.

Habíase una vez una empresa formal y cumplidora de sus obligaciones legales, que, gracias al esfuerzo de todos sus integrantes, hizo grandes ventas en diciembre 2020, pero lamentablemente sus clientes no le han pagado hasta hoy -que estamos en el mes de marzo 2021-, las facturas emitidas.

El girar dichos comprobantes le generó un IGV por pagar, aún no abonado al Fisco, más los intereses moratorios respectivos.

Como se sabe, el IGV es un tributo indirecto que se traslada al comprador, pero si este no le abona al vendedor del bien o prestador de un servicio en un breve plazo, vendrá el tema de la exigibilidad de la deuda fiscal. Y en la práctica, al no generarse el traslado de la carga económica, se transforma el IGV en impuesto directo, desnaturalizándose su esencia.

Y en efecto, hace unos días la empresa recibió una notificación de Orden de Pago y cobranza coactiva. Como no ha reclamado de la Orden de Pago,  ya tiene encima a la SUNAT tratando de embargarle sus cuentas. “Señor Ejecutor, queremos conversar con Ud.”. Ya no se puede nada de ello. En pandemia ya todo está más difícil.

Hay empresas no pueden facturar porque no les pagan y deben facturar porque si no, no cobran.
Hay empresas no pueden facturar porque no les pagan y deben facturar porque si no, no cobran. | Fuente: Andina

En efecto, diciembre de 2020 es un mes crítico para muchas empresas, pues ya el RAF no se aplica más, no existen prórrogas de vencimientos, muchas empresas perdieron el IGV Justo, o tiene impases para un fraccionamiento del artículo 36° del Código Tributario. Lo que le ocurre a esta empresa le viene sucediendo a muchos negocios que hoy se encuentran desesperados por encontrar un respiro a una situación que los asfixia económicamente.

Es decir, las empresas no pueden facturar porque no les pagan y deben facturar porque si no, no cobran. Es un círculo vicioso o destino cruel que está generando el cierre de empresas y acciones concursales.

Esperemos que el Estado cambie las reglas de juego y apoye el crecimiento de la empresa privada, a esa Mype que hoy tiene un ejecutor coactivo encima. Todas estas situaciones generan que muchos se pregunten “¿para qué me formalizo si solito me pondré una soga al cuello?” Y colorín colorado, esta realidad –que no es un cuento- no ha acabado…

NOTA: “Ni el Grupo RPP, ni sus directores, accionistas, representantes legales, gerentes y/o empleados serán responsables bajo ninguna circunstancia por las declaraciones, comentarios u opiniones vertidas en la presente columna, siendo el único responsable el autor de la misma.

Profesor de Derecho tributario de la Universidad del Pacífico. Abogado, con más de 20 años de experiencia en el área del planeamiento legal – tributario; con experiencia en el trabajo interdisciplinario con el área contable y financiera de las empresas.

Tags

Otros columnistas

Ver más

Últimas noticias

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA