
Las micro y pequeñas empresas peruanas ya podrán aplazar el pago mensual de su Impuesto General a las Ventas hasta por 90 días, luego de que el Ministerio de Economía y Finanzas aprobara el reglamento del llamado 'IGV justo' que beneficiará a las mypes que facturan hasta 1,700 UIT (S/6.88 millones) en un año.
Beneficio. De acuerdo al reglamento, el pago del IGV podrá aplazarse el mismo día en la fecha de vencimiento que corresponda a cada uno de los periodos tributarios, de acuerdo al cronograma de pago de tributos que pública la Sunat.
Asimismo, el documento detalla que si se opta por la prórroga, el nuevo vencimiento de la obligación tributaria será la fecha de vencimiento del tercer periodo posterior al acogimiento al beneficio. Además, se contarán estos noventa días calendarios se cuentan desde el día previo al acogimiento.
¿Cómo acceder? Las mypes que cumplan con los requisitos y quieran acogerse al beneficio tendrán marcar la opción para tal efecto dentro del formulario de declaración mensual del IGV. Además, solo se puede optar por la prórroga hasta la fecha de vencimiento; si no se escoge el beneficio se tendrá que cumplir con los plazos de pago que especifica la Sunat.
Restricciones. El reglamento indica que las mypes no se podrán acoger a la prórroga si es que los últimos doce meses su monto de facturación ha superado las 1,700 UIT(S/6.8 millones). Además, no deben tener deudas coactivas con la Sunat mayores a S/4,050 (1 UIT) o que la Mype tenga como titular a una persona condenada por el tribunal fiscal. También son restricciones que la mype se encuentre en un proceso concursal o si es que en los últimos doce meses antes del acogimiento al beneficio.
Según la norma del MEF, las mypes podrán empezar a pedir el beneficio en la declaración de marzo, debido a que la norma entre en vigencia el primero día de dicho mes.

