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Bancos no cobrarán por retiro de efectivo de tarjeta de crédito

Cajeros electrónicos también deberán señalar el monto de la comisión que cobran por cada operación. SBS aprobó Nuevo Reglamento de Transparencia del Sistema Financiero, que entra en vigencia el 1 de enero del 2013.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó su Nuevo Reglamento de Transparencia del Sistema Financiero, donde se incrementa de 14 a 18 los cobros que se prohíben a los bancos, los que entrarán en vigencia a partir del 1 de enero del 2013.

De esta manera, se decidió eliminar definitivamente el cobro de comisiones por disposición de efectivo de las tarjetas de crédito y por el exceso de uso en la línea de estos productos.

También se prohibió el cobro por administración de créditos bajo la modalidad revolvente (tarjetas de crédito) y los cargos por emisión y envío de información sobre créditos y depósitos a través de medios electrónicos (Internet).

La SBS considera que estas son operaciones o servicios inherentes al producto financiero, en este caso la tarjeta, por lo que no se justifica un pago adicional por parte del consumidor.

Asimismo, se eliminó el cobro del cargo en los depósitos, cuando la apertura de la cuenta o producto se establezca como un requisito -por parte del banco- para realizar cargos relativos al pago de algún crédito. 

De igual manera, en el caso de los depósitos, queda libre de cobro la activación de la cuenta de ahorros y la emisión inicial o renovación por vencimiento del medio físico (tarjeta) otorgado para realizar retiros de dinero de la cuenta, cuando sea un requisito indispensable para tal efecto.

En tanto que en el caso de créditos, tanto para nuevas operaciones, como por refinanciamiento o reestructuración, se elimina el cobro a las gestiones de cobranza, así como a as gestiones asociadas a la evaluación, constitución y administración de garantías en los productos condicionados a su constitución, se incluyen al vehicular, pignoraticio, entre otros.

Mientras que, en lo que respecta a las tarjetas de crédito, queda prohibido el cobro por la emisión inicial o renovación por vencimiento del plástico necesario para la utilización de la línea de crédito. 

Modificaciones

Este nuevo reglamento establece también importantes modificaciones en los  campos referidos a la transparencia de información, los criterios para la determinación de comisiones y gastos, así como los términos de contracción y modificaciones contractuales.

Así,  a partir de enero del próximo año, los bancos deberán contar con autorización expresa de los  clientes para incrementar líneas de crédito.

De igual forma, los cajeros automáticos deberán señalar en forma expresa el monto de la comisión por cada operación.

Asimismo, se establecen consideraciones específicas referidas a la contratación no presencial o presencial a través de mecanismos distintos al escrito, precisiones referidas a la contratación de seguros comercializados por la empresa o endosados por los clientes, entre otros.

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