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Caso Pura Vida: Gloria apelará ante el Poder Judicial la sanción del Indecopi

Gloria indica que su empresa cumple y seguirá cumpliendo con los parámetros establecidos por la autoridad sanitaria competente, así como con las regulaciones vigentes en materia de información a los consumidores.
Gloria indica que su empresa cumple y seguirá cumpliendo con los parámetros establecidos por la autoridad sanitaria competente, así como con las regulaciones vigentes en materia de información a los consumidores. | Fuente: ANDINA

La empresa láctea peruana consideró ilegal el cuestionamiento del Indecopi sobre algunos de sus productos lácteos.

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La empresa peruana Gloria apelará ante el Poder Judicial la sanción impuesta por el Indecopi por vender productos lácteos como si fueran leche, informó la compañía.

Esta tarde el Tribunal del Indecopi, la máxima instancia administrativa de esta entidad, confirmó la sanción contra las empresas Gloria S.A., Nestlé Perú S.A. y Laive S.A. con una multa total de 2 306.98 UIT equivalente a S/ 9,573,967 por no cumplir con el correcto etiquetado de algunos de sus productos.

Acuden al sistema de justicia

En un comunicado, Gloria S.A. señaló que en ningún momento ha consignado en sus productos una denominación que no corresponde a su verdadera naturaleza, únicamente ha cumplido y seguirá cumpliendo con lo exigido y dispuesto por la autoridad competente, la Dirección General de Salud Ambiental (Digesa).

"Continuaremos ejerciendo nuestro derecho de defensa ante lo resuelto, de manera ilegal, por el Indecopi, recurriendo al Poder Judicial vía Acciones Contencioso Administrativas, pues consideramos que dichos pronunciamientos no se ajustan a derecho al desconocer los criterios establecidos por la autoridad competente en esta materia", advirtió la empresa.

Cuestionan sanción

Gloria señaló que hace un año aproximadamente, se generó un ilegal cuestionamiento de algunos de nuestros productos por parte del Indecopi, a raíz de la denominación que había sido autorizada previamente por la Digesa como autoridad competente, en base a los criterios vigentes aprobados por dicha autoridad en el año 2014, los mismos que se mantuvieron en vigor hasta junio de 2017.

Asimismo indicó que en los recientes pronunciamientos la última instancia del Indecopi ha resuelto favorablemente a los intereses de nuestra empresa en dos de los expedientes, dejando sin efecto las multas impuestas y archivándolos.

"Se ha concluido que nuestra empresa no cometió dos de las infracciones por las que la primera instancia nos sancionó, lo que determina que se corrija las multas indebidamente impuestas, reduciéndose así en parte el grave perjuicio que se nos viene ocasionando", sostuvo.

El cuestionamiento del Indecopi se ha limitado al nombre dado a los productos. Ni el valor nutritivo Ni la calidad de los mismos ha sido materia de cuestionamiento.

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