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Cobro por despido arbitrario no aplica si trabajador renuncia, afirman

Tras el escándalo en el que se vio inmerso el ministro Fernando Barrios por un cobro a EsSalud por despido arbitrario, experto laboralista explicó cuándo corresponde esta indemniszación.

Ricardo Herrera, experto laboralista, explicó que en el caso del ministro del Interior, Fernando Barrios, debe quedar claro si él renunció o fue cesado por EsSalud para determinar si le correspondía la figura del "despido arbitrario".

El especialista dijo en RPP Noticias que una resolución de cese puede ser considerada motivo de "despido arbitrario", en caso esta no explica los motivos por los que el trabajador es separado.

Cabe precisar que el ministro Barrios ha reconocido que no fue despedido de EsSalud, donde ocupaba el cargo de presidente ejecutivo, sino que fue promovido por el presidente de la República.

Herrera indicó que dependiendo de si el funcionario público está adscrito al régimen laboral privado, caso de Barrios, le corresponde recibir una indemnización si su salida fue "intempestiva" y no un pase conversado.

Comentó que, por ejemplo, a los ministros no les corresponde una indemnización similar al ser trabajadores del régimen público.

"Los ministros de Estado pueden ser cambiados en cualquier momento y no los tiene que indemnizar", apuntó.

Finalmente, sobre la decisión del titular el Interior de devolver el íntegro de la liquidación que recibió al dejar EsSalud consideró que ella fue tomada por una "consideración de orden político, más allá del sustento legal de la percepción del dinero".


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