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Congelamiento de deudas: ¿en qué consiste el proyecto del Congreso y a quiénes beneficia?

El Congreso debate el texto sustitutorio sobre el congelamiento de deudas. El Ejecutivo realizó una serie de observaciones
El Congreso debate el texto sustitutorio sobre el congelamiento de deudas. El Ejecutivo realizó una serie de observaciones | Fuente: RPP

El Congreso continúa el debate sobre esta iniciativa que fue calificada de "inconstitucional" por la ministra de Economía, María Antonieta Alva.

Este viernes el pleno del Congreso debatió los proyectos de ley sobre refinanciamiento y congelamientos de deudas a entidades financieras. En dicho encuentro estuvo el primer ministro, Walter Martos, y la ministra de Economía y Finanzas (MEF), María Antonieta Alva.

Previamente, ayer jueves, el Parlamento suspendió el debate en el que se discutía el texto sustitutorio de los proyectos entre los que se incluía el congelamiento de deudas.

Pero, ¿ de qué trata este proyecto y a quiénes beneficia?

Según el documento sustitutorio, la propuesta pretende establecer medidas extraordinarias de reprogramación de pagos de créditos de personas naturales afectadas económicamente por la pandemia. Con ello, buscan aliviar la situación financiera de las personas, evitar la insolvencia de las familias y proteger al ahorrista y contribuir la solidez del sistema financiera.

Garantía

La reprogramación de crédito cuenta con la garantía otorgada por el Banco Central de Reserva (BCR) e incluye a las obligaciones crediticias con las empresas del sistema financiero.

Los créditos son de consumo, personales, hipotecarios, vehiculares, todo tipo de tarjeta de crédito que permita la disponibilidad de dinero en efectivo o la compra de producto o servicio.

¿a quiénes se les otorgará la reprogramación?

En préstamos revolventes y no revolventes cuyo monto de la deuda, a la fecha de la solicitud de reprogramación, sea menor o igual a 3 UIT.

En el crédito hipotecario realizado por personas naturales con deudas igual o menos a US$150 mil, siempre que dicho crédito haya ido otorgado para adquirir primera y única propiedad.

En créditos vehiculares siempre que se hayan otorgado para la adquisición de vehículo que no supere US$35 mil.

Para la reprogramación se consideran todos los créditos en condición vigente, refinanciando, reestructurado, atrasado e incluso a las carteras de crédito comprada por otra semana del sistema financiero.


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