Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Entrevistas ADN
Mario Vargas Llosa nunca eludió su compromiso con el Perú, destacó Pedro Cateriano Bellido
EP 1696 • 05:25
Las cosas como son
Los primeros 88 años de la vida de Mario Vargas Llosa
EP 343 • 02:12
El Club de la Green Card
Los 3 subsidios que pueden ayudarte a tramitar tu ciudadanía en EE.UU.
EP 9 • 02:04

Coronavirus en Perú: Estas son las nuevas reglas para trabajar desde casa

Si el empleado es diagnosticado con coronavirus no podrá hacer teletrabajo, deberá tener descanso médico.
Si el empleado es diagnosticado con coronavirus no podrá hacer teletrabajo, deberá tener descanso médico. | Fuente: Getty Images

Este martes 24 de marzo se emitió un nuevo decreto estableciendo nuevas medidas para el trabajo remoto.

Los empleadores deberán tomar nuevas medidas para aplicar el trabajo remoto, de acuerdo con el Decreto Supremo 010-2020 del Ministerio de Trabajo, emitido este martes 24 de marzo.

El decreto señala que durante este Estado de Emergencia se podrán aplicar diversas medidas excepcionales para que sus trabajadores cumplan con el aislamiento obligatorio.

¿Quiénes pueden hacer trabajo remoto?

Esta medida se aplica en los empleados contratados en el sector privado o en modalidades formativas y también para aquellos que no puedan ingresar al país y estén varados en el exterior.

El teletrabajo debe ser aplicado especialmente para las personas mayores de 60 años o que tengan enfermedades complejas. No aplicar esta modalidad es considerado una infracción muy grave.

Si sus labores no se pueden hacer a distancia entonces se les dará una licencia pagada, es decir, luego de la emergencia deberán recuperar horas.

Los únicos que no están habilitados para el trabajo remoto son los empleados con Covid-19 o que tengan algún otro tipo de descanso médico.

¿Qué debe tenerse en cuenta?

Esta modalidad de trabajo puede comunicarse por escrito o por medio de un soporte digital como correo, WhatsApp u otro.

En el mensaje deberán indicar a sus trabajadores cuanto tiempo permanecerán bajo esa modalidad y los mecanismos tecnológicos que necesitarán. Estos medios tecnológicos deben ser facilitados por la empresa.

Las jornadas de trabajo no podrán exceder las 8 horas diarias o 48 horas semanales, la distribución de las horas es flexible.

¿Qué medidas de seguridad y salud en el trabajo deberán cumplirse?

Deberán informar al personal por cualquier medio sobre las medidas, condiciones y recomendaciones en seguridad y salud en el trabajo.

Además, deberán implementar un canal para que puedan reportar riesgos.

Es considerado una falta muy grave si la compañía obliga a sus trabajadores a acudir al centro de labores durante el Estado de Emergencia.

Tags

Lo último en Economía

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA