Los hospedajes deberán tener teléfono de uso público para uso exclusivo del huésped, agua fría y caliente las 24 horas del día y brindar el servicio de custodia de equipaje, entre otros.
Si eres propietario de un hospedaje o trabajas en uno, lee atentamente esta nota, pues el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) aprobó el nuevo Reglamento de Establecimientos de Hospedaje.
El nuevo Reglamento actualiza las disposiciones para la clasificación, categorización, operación y supervisión del servicio de hospedaje, así como las funciones de los órganos competentes, lo que permitirá brindar un mejor servicio a los turistas nacionales y extranjeros.
¿Cuáles son los cambios?
Se eliminó el procedimiento de renovación del certificado de clase y categoría, ahora será indefinido.
Se eliminaron las clases de resort y ecolodge, pues estas denominaciones son utilizadas principalmente para tener posicionamiento en el público consumidor, y no constituyen técnicamente una clasificación.
Los hospedajes deberán tener teléfono de uso público (fijo o celular) para uso exclusivo del huésped, agua fría y caliente las 24 horas del día (el cual no deberá ser activado por el huésped), brindar el servicio de custodia de equipaje, entre otros.
Las visitas de supervisión se realizarán de oficio, a pedido de parte interesada o de terceros.
Este nuevo Reglamento de Establecimientos de Hospedaje que actualiza la norma vigente en esta materia, derogándose el anterior del año 2004.
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