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Empleo: ¿En qué sectores será necesario que los trabajadores tengan las dosis completas de vacunación?

Reciente decreto indica que los trabajadores que no completen sus tres dosis no serán enviados a suspensión perfecta.
Reciente decreto indica que los trabajadores que no completen sus tres dosis no serán enviados a suspensión perfecta. | Fuente: Andina

El fin de semana se eliminó la exigencia de la vacunación completa contra la COVID-19 para trabajar de manera presencial, pero esto no aplicaría para todos los empleados.

Este último fin de semana el Gobierno cambió la disposición que establecía que los trabajadores del sector público y privado debían acreditar tres dosis de vacunación contra la COVID-19 para laborar de manera presencial.

La resolución eliminó el artículo 4.9 del Estado de Emergencia, que hacía obligatoria la aplicación de las tres vacunas para realizar labores presenciales, pero no será igual para todos los trabajadores.

El abogado laboralista Cesar Puntriano precisa que en el reciente Decreto Supremo 108-2022-PCM se establece la exigencia de las tres dosis de vacunación en lugares específicos, entre ellos centros comerciales, entidades financieras o iglesias.

"En estos casos el trabajador necesita las tres dosis para trabajar porque norma dice que las tres dosis se requieren para el ingreso a estos lugares, entonces, si un trabajador va a laborar presencialmente pues necesita ingresar y para ingresar van a requerir las tres dosis de vacunación. Esto es contradictorio, pero lamentablemente es lo que tenemos hoy", comentó a RPP Noticias.

Tal y como lo indica el especialista, el decreto señala que es necesaria la acreditación de las tres vacunas para los mayores de 18 años que quieran ingresar a los siguientes establecimientos:

  • Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad (Centros comerciales, Galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general, conglomerados, supermercados, mercados)
  • Restaurantes y afines en zonas internas
  • Casinos y tragamonedas
  • Cines y teatros
  • Bancos y entidades financieras
  • Iglesias, templos, y lugares de culto
  • Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte
  • Clubes, locales de asociaciones deportivas
  • Peluquerías, barberías, spa, baños turcos, sauna y baños termales
  • Gimnasios
  • Conciertos y locales de diversión (discotecas, salsódromos, pubs y similares)
  • Notarías, oficinas de atención al usuario, trámite administrativo, mesas de partes ysalas de reuniones
  • Eventos de instituciones públicas y privadas
  • Colegios profesionales

Otra medida

La semana pasada se indicó que entre las nuevas normas del Minsa también se indica que las empresas no podrán aplicar suspensión perfecta para quienes no completen las tres dosis de vacunación.

Ante esto, los empleadores deberá recurrir al trabajo remoto o la licencia, pero con goce de haber compensable para aquellos que no cumplieron con su esquema de vacunación, esto durará hasta que el trabajador complete su esquema de tres dosis.

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