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Estas son las multas por no declarar en fecha el Impuesto a la Renta 2017

Las multas se pagan con intereses moratorios (1.2% mensual ó 0.04% diario), desde el día siguiente al vencimiento hasta la fecha de pago inclusive.
Las multas se pagan con intereses moratorios (1.2% mensual ó 0.04% diario), desde el día siguiente al vencimiento hasta la fecha de pago inclusive. | Fuente: ANDINA

Desde el jueves 22 de marzo al lunes 9 de abril de este año, miles de contribuyentes deben cumplir con la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta 2017.

Aquellos contribuyentes que no cumplan con declarar en fecha el Impuesto a la Renta 2017, serían multados con hasta 4 mil 150 soles, dependiendo si pertenecen al régimen general o si se trata de personas naturales, señaló la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

Varían según contribuyente

"De no presentar la declaración en las fechas establecidas y conforme a las Tablas de Infracciones y Sanciones previstas en el Código Tributario, las multas varían según se trate de contribuyentes del régimen general o de personas naturales que han generado rentas de capital o de trabajo”, manifestó Victor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.

Cálculo

Para determinar el monto de la multa debe considerarse la UIT vigente (S/ 4,150). La multa está sujeta al régimen de gradualidad (rebaja).

Para el Régimen General, la multa es de S/ 4,150; pero si la omisión a la declaración jurada se regulariza de manera voluntaria la multa será el 10% de la UIT, es decir S/ 415 (siempre que se pague la multa) y del 20% de la UIT (S/ 830) si la Declaración jurada se regulariza sin pago de la multa.

En el caso de personas naturales, específicamente para contribuyentes de rentas de capital y/o de trabajo, de ser el caso, la multa es 50% de la UIT (S/ 2,075). Si la omisión a la declaración jurada se regulariza voluntariamente, la multa será 10% de S/ 2,075, es decir S/ 207.5 y se aplica solo si se paga la multa y el 20% de S/ 2.075 (S/ 415) de presentar la declaración jurada omitida sin pagar la multa.

Las multas se pagan con intereses moratorios (1.2% mensual ó  0.04% diario), desde el día siguiente al vencimiento hasta la fecha de pago inclusive.
Las multas se pagan con intereses moratorios (1.2% mensual ó 0.04% diario), desde el día siguiente al vencimiento hasta la fecha de pago inclusive. | Fuente: ANDINA

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