Los días libres, ya sean feriados o no laborables, tienen como fin fomentar el desarrollo del turismo interno, según el Gobierno.
¿Aún te quedan vacaciones por tomar? De ser así según el calendario peruano te restan cinco días declarados feriados y no laborables que podrás disfrutar este año.
Derecho al descanso
Estos días de descanso se suman a los 30 días calendario que según la legislación peruana te corresponden como periodo de vacaciones siempre que trabajes en el sector formal. Recuerda que si no gozas de tu descanso el empleador deberá pagarte una indemnización. Aquí te explicamos cómo.
Para este 2019 el Estado peruano declaró 14 días ´feriados´ y tres días como ´no laborables´.
Si laboras en el sector público el día declarado no laborable a nivel nacional que no estarás obligado (a) a trabajar pero cuyas horas sí tendrás que devolver, será el jueves 31 de octubre de 2019, según el Decreto Supremo Nº 002-2019-PCM.
Para fines tributarios, este día será considerado hábil. Las horas dejadas de laborar serán compensadas en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
Para la empresa privada este día será libre bajo acuerdo entre los trabajadores y empleadores, quienes en conjunto deberán establecer la forma de cómo se haría efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar. A falta de acuerdo, decidirá el empleador.
En tanto, los días declarados feriados que están por venir son:
Octubre
Martes 8 de octubre – Combate de Angamos.
Noviembre
Viernes 1 de noviembre – Todos los Santos.
Diciembre
Domingo 8 de diciembre – Inmaculada Concepción.
Miércoles 25 de diciembre – Navidad.

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