Leche Gloria S.A. firmó un contrato para quedarse con el 100 % de NABs S.A.C., empresa encargada de elaborar, embotellar y comercializar el agua mineral “San Mateo”. Frente a ello, Indecopi informó cuáles son los siguientes pasos para concretarse la compra.
Este viernes 1 de agosto, Leche Gloria S.A. anunció oficialmente que ha firmado un contrato para adquirir el negocio del agua mineral “San Mateo”, marca emblemática en el mercado peruano. La operación se realizará mediante la compra del 100 % de las acciones de NABs S.A.C., empresa responsable de la producción y comercialización de esta bebida.
La transacción se acordó con las compañías Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.A. y Backus Marcas & Patentes S.A.C., actuales propietarias de NABs S.A.C., con el acompañamiento de esta última como parte del proceso.
Según el documento remitido por Gloria a la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) como hecho de importancia, el cierre de esta adquisición aún está sujeto a condiciones previas. Entre ellas destacan la autorización previa de Indecopi, el cumplimiento de normas establecidas en la Ley N° 31112 sobre control previo de operaciones de concentración empresarial, así como otros requisitos corporativos.
De concretarse todos los pasos pendientes, la marca “San Mateo” pasará a formar parte del portafolio de Leche Gloria, empresa que ratifica con esta operación su intención de fortalecer su presencia en el sector de bebidas y alimentos en la región.
“Reafirmamos así nuestro compromiso en el sector de alimentos en Latinoamérica y nuestra vocación de contribuir a la nutrición de las comunidades que servimos”, indicó Fernando Devoto, representante bursátil de Leche Gloria, en la comunicación oficial.
¿Qué faltaría para concretarse la compra? Indecopi responde
La Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia del Indecopi, respondió a RPP en exclusiva, que la solicitud presentada por Leche Gloria S.A. "se encuentra actualmente en etapa de calificación, durante la cual se verifica el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad exigidos por la Ley 31112".
Este proceso tiene una duración máxima de 25 días hábiles. Una vez admitida a trámite, se iniciará formalmente la evaluación sustantiva de la operación.
Una vez admitida la solicitud, Indecopi tiene "hasta 30 días hábiles para emitir un pronunciamiento. Si se identifican potenciales riesgos, podría abrirse una segunda fase, con una duración máxima de 90 días hábiles, prorrogable excepcionalmente hasta por 30 días hábiles adicionales".
Indecopi recalca que estos son plazos legales máximos; el tiempo efectivo dependerá de la complejidad del caso y la información disponible para la evaluación.
De no identificarse algún potencial riesgo a la competencia, dicho pronunciamiento deberá autorizar la operación, en caso contrario, en segunda fase de evaluación se profundizará en el análisis de los potenciales riesgos.
Finalmente, la decisión se conocerá dentro del plazo máximo establecido en la ley, contado a partir de la admisión a trámite de la solicitud.