El Gobierno homologa así este beneficio pre y postnatal con el que reciben las madres trabajadoras de los sectores público y privado.
Amplían a 98 días la licencia por maternidad para las trabajadoras de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, según la Ley N° 31005, publicada hoy en el diario oficial El Peruano.
Beneficio laboral
La ley modifica el artículo 2 de la norma que regula el uso del descanso pre y postnatal del personal femenino de las FF.AA. y la PNP, la extensión de 45 a 49 días de descanso se da para cada período.
Ahora las trabajadoras gestantes tienen derecho a 98 días de descanso prenatal y posnatal, lo cuales podrán acumularse a decisión de la madre, y podrán disponer si goza la licencia de forma diferida, parcial o totalmente y acumulado después del parto.
El descanso postnatal se incrementará en 30 días adicionales en los casos de nacimiento múltiple o nacimiento de niños con discapacidad.
¿Cómo pedir el subsidio?
La licencia por maternidad en algunos casos es subsidiado por el Seguro Social de Salud (EsSalud). Para calcular el monto se toman en cuenta los últimos 12 sueldos de la embarazada y la cantidad de días que tomará como descanso.
La trabajadora tiene como plazo 90 días posteriores a la fecha de nacimiento del niño, más 6 meses para solicitar el subsidio por materinidad. En caso de parto múltiple, es de 120 días posteriores a la fecha de nacimiento del niño más 6 meses.
Debe llenar y firmar el Formulario 8001 y el Formulario 8002. Las trabajadoras deben entregar una copia del DNI del representante legal o funcionario autorizado de la entidad empleadora, que suscribe la solicitud (salvo que cuente con Registro de Firmas en EsSalud).