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Sunafil: McDonald’s fue multada con S/ 845,670 por muerte de dos jóvenes trabajadores

La Sunafil determinó que la empresa ya conocía de los desperfectos en la máquina dispensadora de bebidas gaseosas, sin embargo, no tomó acción al respecto.
La Sunafil determinó que la empresa ya conocía de los desperfectos en la máquina dispensadora de bebidas gaseosas, sin embargo, no tomó acción al respecto. | Fuente: REUTERS

La entidad fiscalizadora determinó que la empresa de comida rápida cometió 6 infracciones muy graves en materia de seguridad y salud en el trabajo.

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) concluyó la investigación por la muerte de dos jóvenes trabajadores del restaurante de comida rápida McDonald’s y le impuso a la empresa una multa de S/ 845,670, informó la entidad fiscalizadora.

La multa

La investigación de oficio de la Sunafil empezó el 15 de diciembre pasado y concluyó el 24 de diciembre último.

"Se verificó que la empresa Operaciones Arcos Dorados de Perú S.A., que opera la franquicia McDonald’s, cometió seis infracciones muy graves en materia de seguridad y salud en el trabajo, que ocasionaron la muerte de los jóvenes Carlos Gabriel Edgardo Campos Zapata y Alexandra Antonella Porras Inga, en el local de Pueblo Libre", señaló la autoridad.

La entidad fiscalizadora resaltó que ante estos graves hechos y debido a la acumulación de infracciones muy graves y graves, el equipo inspectivo a cargo de la investigación propone aplicar a la empresa Operaciones Arcos Dorados de Perú S.A. una multa ascendente a S/845,670.

El acta de infracción y la propuesta de sanción fueron debidamente notificadas a los involucrados.

Las infracciones

Que cometieron McDonald’s son las siguientes:

1. La empresa no realizó evaluaciones de riesgo y controles periódicos de las condiciones de trabajo del personal a su cargo.

2. No cumplió con brindar información y capacitación a sus trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo, tampoco les advirtió los riesgos que implicaban sus puestos de trabajo.

3. El reglamento interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) no contenía los estándares de seguridad para la limpieza de las áreas.

4. La empresa no acreditó la entrega ni supervisó el uso de los Equipos de Protección Personal (EPP).

5. Tampoco brindó las condiciones de seguridad en el lugar de trabajo ni en las instalaciones ni en la maquinaria y/o equipos que empleaban, específicamente en la máquina dispensadora de bebidas gaseosas.

6. No realizó la supervisión efectiva de las condiciones de SST. La empresa ya conocía de los desperfectos en la máquina dispensadora de bebidas gaseosas, sin embargo, no tomó acción al respecto.

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