Según la ley, toda publicidad que se encuentre dirigida a difundir y promocionar el consumo de bebidas alcohólicas debe consignar en su empaque la frase: "Tomar bebidas alcohólicas en exceso es dañino".
La Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) resolvió durante este año 30 casos contra empresas que difundieron publicidad de bebidas alcohólicas, transgrediendo la ley que regula su comercialización y publicidad.
Como consecuencia de las constantes supervisiones con el fin de velar por el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley No 28681, norma que regula la comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas, dicha comisión impuso multas por un total de 87,8 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/. 324,860.
Según lo estipulado en dicha ley, toda publicidad que se encuentre dirigida a difundir y promocionar el consumo de bebidas alcohólicas debe consignar en su empaque la frase de advertencia: “Tomar bebidas alcohólicas en exceso es dañino”, con el fin de informar a los consumidores las consecuencias perjudiciales que podrían darse por el consumo en exceso de dichas bebidas.
Adicionalmente, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal ha iniciado 84 procedimientos de oficio en contra de empresas que difunden publicidad de bebidas alcohólicas sin considerar dicha advertencia estipulada por ley, ya que su cumplimiento resulta de vital importancia para la salud integral de los consumidores.
El Indecopi recordó que los consumidores que deseen presentar algún reclamo o denuncia pueden hacerlo llamando al 224-7777, en Lima, o al 0-800-4-4040 desde cualquier provincia del interior del país. Así como, mediante el sitio web www.indecopi.gob.pe.
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