Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Informes RPP
Las denuncias constitucionales que rodean a Martín Vizcarra
EP 1093 • 05:34
Detector de Mentiras
Detector de Mentiras: Difunden imágenes falsas de Donald Trump generadas con Inteligencia Artificial
EP 47 • 01:32
Mamá Limonada
EP02 | T2 | Lonchera contra la anemia
EP 2 • 08:45

Presidente Martín Vizcarra promulgó la ley para trabajadoras del hogar

Se calcula que más del 70% de las trabajadoras del hogares habrían sido despedidas en medio de la pandemia de COVID-19.
Se calcula que más del 70% de las trabajadoras del hogares habrían sido despedidas en medio de la pandemia de COVID-19. | Fuente: Andina

El pasado 05 de septiembre el Congreso aprobó la ley de trabajadoras del hogar que establece mejoras en sus condiciones laborales. Hoy se hizo oficial su promulgación.

El Gobierno promulgó la ley que beneficiará las trabajadoras y los trabajadores del hogar con cambios en sus condiciones laborales.

"Hoy me complace promulgar la ley de trabajadoras del hogar. Una ley aprobada por el Congreso que representa la lucha constante de varios años", comentó el mandatario.

Como se recuerda, la iniciativa fue aprobada el pasado 05 de septiembre en el pleno del Congreso de la República.

¿Qué cambiará?

Estas son las mejoras que se establecen:

El monto de la remuneración de la persona trabajadora del hogar no podrá ser inferior a S/930 de la persona trabajadora del hogar.

El salario y las condiciones serán establecidos por acuerdo libres de las partes, pero no podrán exceder la jornada completa de ocho horas diarias o 48 horas semanales.

La persona trabajadora del hogar que labore por horas o fracción recibirá una remuneración proporcional a la remuneración mínima vital.

El empleador está obligado a extender una boleta de pago que es firmada por ambas partes como prueba del cumplimiento de la remuneración.

"La parte empleadora se encuentra obligada a proporcionar alimentación, desayuno, almuerzo y cena, y alojamiento adecuado a su nivel socioeconómico, de modo que asegure la dignidad de la persona trabajadora del hogar. Todas las condiciones de trabajo descritas previamente no forman parte de la remuneración", indica la ley.

Asimismo, se indica que el trabajador tiene derecho a gratificación por Fiestas Patrias y por Navidad, equivalentes al monto total de la remuneración mensual, al igual que cualquier otro trabajador formal.
 

Tags

Lo último en Economía

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA