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Retiro de CTS: Congreso presentó otro proyecto para permitir retiros hasta el 2025

El próximo mes inicia el segundo pago anual de la CTS.
El próximo mes inicia el segundo pago anual de la CTS. | Fuente: Andina

Un nuevo proyecto de ley presentado en el Congreso vuelve a poner en discusión una posible ampliación a los retiros de las cuentas de Compensación por Tiempo de Servicio (CTS).

Actualmente los trabajadores formales pueden realizar el retiro de dinero de la CTS hasta el 31 de diciembre debido a que hace dos años el Poder Legislativo aprobó la ley N°31480, y ahora el plazo podría ser ampliado por el Congreso.

Hace unos meses la bancada de Acción Popular (AP) presentó un proyecto de ley para ampliar hasta el 2026 la libre disponibilidad del total de la CTS, y ahora la nueva iniciativa propone que se puedan hacer retiros a las cuentas hasta el 2025.

¿Qué dice el nuevo proyecto?

El proyecto de ley N° 6091/2023-CR, planteado por el legislador Luis Aragón, propone extender hasta el 31 de diciembre del 2025 la posibilidad que tienen los trabajadores para retirar el 100% de la CTS.

Según indican en su exposición de motivos, consideran necesaria ampliar la medida con el fin de aliviar la crisis económica que viven los hogares por el impacto del fenómeno de "El Niño Costero".

"Actualmente, la nación viene atravesando los efectos de la crisis económica que se está manifestando a través del incremento de los precios de productos de primera necesidad; la falta de empleabilidad; la inflación y; la disminución del poder adquisitivo de las familias, a esto se suma el impacto del fenómeno de "El Niño Costero" que originado graves pérdidas económicas a la ciudadanía", sostienen.

Pero ampliar el retiro de la CTS no es lo único que plantean, pues en este mismo proyecto se propone autorizar a los afiliados de las AFP el retiro de hasta 4 UIT (S/ 19,800) de sus fondos.

Con este proyecto se indica que, de aprobarse, una vez realizada la solicitud los aportantes de las AFP recibirán el pago de 1 UIT (S/ 4,950) cada 30 días calendario hasta que se pague el total requerido.

"El retiro de los fondos a que se refiere la presente ley mantiene la condición de intangible, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, o de cualquier forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados", indica el proyecto.

Lo último señalado no aplica a las retenciones judiciales por deudas alimentarias, por lo que se le retendría hasta un 30% de lo solicitado.
 

Guadalupe Gamboa

Guadalupe Gamboa Periodista

Periodista. Licenciada en Ciencias de la Comunicación por la Universidad de San Martín de Porres. En RPP Noticias desde el 2019. Escribo y hablo sobre economía y finanzas desde el 2020.

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