Las cuentas bancarias que serán revisadas por la Sunat solo representan al 3.5% del total de cuentas existentes.
A partir de septiembre los bancos deberán reportar a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Financiera (Sunat) la información financiera de sus clientes con saldos de más de S/ 30,800.
Según la Sunat, la información que entregarán las entidades financieras solo corresponderá al 3.5% del total de cuentas bancarias existentes.
Como se recuerda, esta medida fue establecida con el fin de detectar inconsistencias y combatir la evasión y elusión tributarias.
Para la entrega de esta información, el recaudador emitió la Resolución de Superintendencia N°000067-2021/SUNAT estableciendo las normas para la presentación de esta información financiera.
En dicho documento se indica que las entidades deben declarar únicamente el saldo registrado y los rendimientos depositados en la cuenta y no otros detalles.
La entrega de la información se hará a través el Servicio Seguro de Recepción de Información Financiera (SSERIF) para garantizar la confidencialidad y seguridad de los datos. Anteriormente un 76% de peruanos creía que se filtraría la información de las cuentas bancarias revisadas.
Además, el banco deberá identificar si el cliente tiene solo una cuenta y si el saldo es igual o mayor a 7 UIT, equivalentes a S/ 30,800.
Como se recuerda, antes el monto establecido para la revisión de cuentas era de S/ 10,000. Sin embargo, luego el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) anunció un cambio en el monto mínimo.
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