Si necesitas dinero y no deseas días de descanso, puedes canjear este beneficio laboral a cambio de una compensación económica.
El Gobierno emitió hoy un decreto legislativo que modifica la norma que establece la reducción del periodo vacacional o venta de vacaciones, señaló César Puntriano, abogado Socio del Estudio Muñiz.
Vacaciones o pago
El decreto del Gobierno establece que las vacaciones de los trabajadores a nivel nacional podrán fraccionarse por periodos menores a 7 días, previo acuerdo con los empleadores.
El mismo dispositivo legal en su artículo N° 19 señala que el descanso vacacional puede reducirse de treinta a quince días calendario con la respectiva compensación de quince días de remuneración. Pero resalta que la reducción solo puede imputarse al periodo vacacional que puede gozarse de forma fraccionada en periodos inclusive inferiores a siete días calendario.
Asimismo añade que el acuerdo de la reducción debe ser fijado por escrito entre los trabajadores y el empleador.
”Se mantiene el tope de 15 días calendario para la compra de vacaciones por parte de la empresa pero la norma precisa que los días no comprados no podrán ser gozados por periodos inferiores a siete días calendario", sostuvo el laboralista.
Entonces, por ejemplo si un trabajador (a) en planilla vende 15 días de sus vacaciones de setiembre, a fin de mes recibirá un sueldo y medio de remuneración.
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