La Corte Internacional de Justicia consideró que Estados Unidos tiene la obligación de paralizar las sanciones relacionadas con "la libre exportación al territorio de Irán de bienes relacionados con necesidades humanitarias".
La Corte Internacional de Justicia (CIJ) dio la razón a Irán de forma parcial y ordenó a Estados Unidos paralizar parte de las sanciones contra Teherán, restablecidas por Washington cuando se retiró del acuerdo nuclear multilateral firmado en 2015.
Irán basó su denuncia en el Tratado de Amistad, Relaciones Económicas y Derechos Consulares firmado con Estados Unidos en 1955, cuando ambos Estados aún gozaban de buenas relaciones.
La CIJ concluyó, de forma unánime, que "la adquisición de material médico, medicamentos y bienes relacionados con la seguridad de la población civil" por parte de Irán son derechos que podrían estar cubiertos por dicho Tratado, dijo el juez presidente del tribunal, Abdulqawi Ahmed Yusuf.
Por esa razón, la CIJ consideró que Estados Unidos tiene la obligación de paralizar las sanciones relacionadas con "la libre exportación al territorio de Irán de bienes relacionados con necesidades humanitarias".
¿Washington acatará el fallo?
Los artículos relacionados con "productos agrícolas y alimenticios" y los "servicios necesarios para la seguridad de la aviación civil", como las piezas de repuesto de los aviones, tampoco podrán estar incluidos en las sanciones de Washington.
Por último, el tribunal ordenó a los dos países "abstenerse de cualquier acción que pueda agravar o extender la disputa (...) o la haga más difícil de resolver".
Yusuf recordó que la decisión de la CIJ "tiene un efecto vinculante y crea obligaciones legales internacionales para las partes".
No obstante, está por ver si Washington aplicará el fallo del tribunal, pues su aplicación depende de la voluntad de los Estados y, eventualmente, del Consejo de Seguridad de la ONU, donde Estados Unidos tiene derecho a veto.
EFE
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