Este documento es de aplicación inmediata y no pasa por el Congreso. Sin embargo, sí puede ser revertido.
Donald Trump ha cumplido su primera semana en el gobierno de Estados Unidos con la firma de varias órdenes ejecutivas. Las dos más polémicas por el momento son la que exige construir un muro en la frontera con México y la que prohíbe el ingreso de inmigrantes de siete países mayoritariamente musulmanes.
Como Trump, todos los presidentes de Estados Unidos pueden fijar las prioridades del gobierno. Para esto, existen ciertos canales, pero unos pesan más que otros. La orden ejecutiva es la opción más formal.
Esta facultad es reconocida por el artículo II de la Constitución y solo requiere de la firma del mandatario. No es necesario que el Congreso la revise, aunque las cortes federales sí pueden analizar su legalidad. Sin embargo, su carácter es vinculante y su aplicación, inmediata.
No es igual a una ley. La orden ejecutiva solo puede extenderse a oficinas ejecutivas sobre las que el presidente tiene poder. También puede servir para reacomodar presupuestos ya establecidos.
Pero su valor no es el mismo ni superior que el de una ley creada en el Congreso. Tampoco puede imponer normas ni asignar nuevos fondos como sí puede hacerlo una decisión del Congreso.
¿Puede revertirse? Si la orden contraviene alguna ley, cualquier persona puede cuestionarla ante una corte federal. Los jueces podrán ordenar medidas provisionales o parciales según el caso. El tribunal que emite una decisión definitiva sobre su legalidad es la Corte Suprema.
En 1935, este máximo tribunal revirtió cinco órdenes ejecutivas del entonces presidente Franklin Delano Roosevelt. Para el 2001, cuando el gobernante era Bill Clinton, una de sus órdenes también fue eliminada por los jueces supremos.
Además, el Congreso puede revertir una orden ejecutiva si esta interfiere en sus competencias. Para esto, puede aprobar una ley que la invalide o no respaldar su financiamiento. Otro mecanismo más simple es el de someter la orden a votación. Sin embargo, para el veto se requiere que más de las tres partes vote a favor.
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