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En qué consiste la Nueva Ley Universitaria y por qué causa controversia

UNMSM, UCSM, USMP Y UPCH
UNMSM, UCSM, USMP Y UPCH

La principal objeción de la Asamblea Nacional de Rectores es la creación de la Superintendencia Nacional de Estudios Universitarios, que velará por la calidad de la enseñanza superior.

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Ante la aprobación del dictamen de la Nueva Ley Universitaria en la Comisión de Educación del Congreso cabe preguntarse en qué consiste, cómo beneficiaría al sistema de educación superior y por qué la Asociación Nacional de Rectores (ANR) se ha opuesto rotundamente.

Entre la principal objeción de la ANR está la creación de la Superintendencia Nacional de Estudios Universitarios (SUNEU), que velará por la calidad de la enseñanza superior.

Los puntos más resaltantes son: 

- En su artículo 19 habla sobre la creación y autorización del funcionamiento de universidades. Las públicas se crean mediante ley y las privadas por iniciativa de sus promotores; en ambos casos con autorización previa de la Superintendencia. Se deberá acreditar la demanda cualitativa y cuantitativa insatisfecha de las carreras propuestas.

- La SUNEU pertenecerá al Ministerio de Educación y reemplazará a la Asamblea Nacional de Rectores (ANR). Entre sus principales funciones está supervisar la calidad universitaria, fiscalizar el uso de recursos y autorizar o denegar la apertura de nuevas universidades.

- Tendrá nueve integrantes que serán los representantes del CEPLAN, del CONCYTEC, del Ministerio de Educación, un miembro de los colegios profesionales y otro de los sectores empresariales. Además dos miembros designados por las universidades públicas y dos por las privadas.

- La nueva iniciativa establece que el SINEACE podrá evaluar, acreditar y certificar para el mejoramiento de la calidad educativa. La acreditación será obligatoria.

- Las universidades que no logren la certificación no podrán entregar títulos a nombre de la nación. Las que no logren acreditar la calidad de sus facultades o carreras luego de tres evaluaciones consecutivas, serán clausuradas y disueltas.

- Ya no habrá bachillerato automático para quienes culminen sus carreras. Será obligatorio que se elabore una tesis de investigación. Para la obtención de la licenciatura o título, deberán realizar otra tesis, presentar un trabajo de suficiencia profesional o llevar un curso de actualización profesional.

- Los centros universitarios están obligados a cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Número 27806, lo que las obliga a publicar la ejecución presupuestal y los balances.

- Finalmente, se ha incluido una autorización al Ejecutivo para que diseñe el plan del Programa de Fortalecimiento de la Universidad Pública, que estará compuesto por las ocho universidades más antiguas del país y la Universidad Nacional de la Amazonía.

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