En Ampliación de Noticias, Rosa Mavila explicó que la norma "es claramente anticonstitucional" y trasgrede acuerdos como la Convención sobre los Derechos del Niño, al que el Perú está adscrito.
La doctora Rosa Mavila, exjefa del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), calificó como "populismo penal" la promulgación de la Ley 32330, que declara imputables penalmente a los adolescentes de 16 y 17 años que cometan asesinato, extorsión, violación sexual, entre otros delitos graves.
En diálogo con RPP, explicó que dicho término se aplica cuando las autoridades buscan implementar una política criminal orientada a "lograr réditos políticos con la criminalización", en vez de otorgar una respuesta estructural a esta problemática.
"La creencia falsa de que, por ejemplo, el sicariato es prioritariamente juvenil, cuando las cifras van a demostrar que hay un solo caso, demuestran que se hace política para la importación, para crear un clima de integración social a favor de la clase política", indicó.
Precisó que es necesario esclarecer cuál es el entorno de los menores que cometen estos delitos y cómo es que se inician en el mundo criminal.
"Te impresionaría ver de todos, de la mayoría de los jóvenes que están en 'Maranguita', cómo en su historia de vida hay un antecedente de victimización de naturaleza sexual. Y entonces, en ese escenario, obviamente, es una ilusión hacer creer a la ciudadanía que el incremento de la baja de punibilidad va a hacer descender la tasa de criminalidad sicarial", manifestó.
Norma "resulta incoherente"
Luego de la publicación de la norma, las agencias del Sistema de las Naciones Unidas, entre ellas Unicef y UNFPA, instaron a las autoridades peruanas a “reflexionar” sobre la mencionada ley, pues resulta “contraria” a la Convención sobre los derechos del niño, en la que el Perú se encuentra adscrita.
Al respecto, para Mavila, la inclusión de Perú en este y otros acuerdos de protección a menores, al mismo tiempo que se adoptan estas medidas, resulta incoherente y permite determinar que la norma "es claramente anticonstitucional".
"Viola sistémicamente todo el corpus iuris internacional de tratamiento de la trasgresión juvenil", remarcó.
En esa línea, recordó que en el artículo 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño se establece "que los estados parte están obligados a establecer una edad mínima, antes de la cual se presumirá que los jóvenes no tienen capacidad para infringir las leyes penales".
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