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Perú: 674 mujeres fueron asesinadas en sus casas en los últimos nueve años

Además, en el 80% de los casos, los feminicidas son parejas o exparejas de las víctimas.
Además, en el 80% de los casos, los feminicidas son parejas o exparejas de las víctimas. | Fuente: Andina

De los 1,129 feminicidios registrados por el Ministerio Público, más de la mitad se produjo en el ambiente supuestamente más seguro para las personas: el hogar.

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El delito de feminicidio en el Perú tiene como principal escenario la casa de las víctimas o el domicilio que estas compartían con sus asesinos. De los 1129 casos de feminicidio registrados entre enero de 2009 y junio de 2018, 674 se produjeron dentro del hogar. Así lo señala el Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público en estadísticas actualizadas a las que accedió RPPData.

En el informe ejecutivo con el que la institución presenta estas cifras se concluye que “aunque la tendencia es considerar el hogar como el lugar al que se acude para sentirse más seguro, este se vuelve el espacio más inseguro para algunas mujeres”. Pero esta no es la única conclusión que se puede desprender de los números.

La socióloga y especialista en temas de género Katherine Soto Torres explicó a RPPData que la situación de inseguridad que viven las mujeres dentro de sus propios hogares y que puede escalar al feminicidio se construye desde que son pequeñas. “Muy aparte del deseo de control y de poder que ejercen los feminicidas sobre las mujeres, está el hecho de que la violencia de género es transversal y afecta desde una edad temprana dentro del núcleo familiar. La casa es el primer espacio donde se suelen naturalizar las relaciones desiguales de poder entre géneros y la comunicación que pueden ir hacia la agresión, la violencia sexual o incluso el feminicidio”.

El 80% de feminicidas son la pareja o expareja

Algunos feminicidios reportados este año dentro del hogar son, por ejemplo, los de Yessenia Lozano Melo (20), Mayra Pérez Gilberti (22) y Dilma Suárez Jiménez (33). Las dos primeras fueron victimadas por sus parejas en los inmuebles donde convivían, mientras que la tercera fue atacada por su expareja cuando este fue a visitarla.

El Observatorio de Criminalidad señala que, en el 80% de los 1,129 casos identificados en los últimos nueve años, el feminicida era la pareja o expareja. Dentro de este grupo está el esposo o conviviente (475), el exesposo o exconviviente (163), el enamorado o novio (141), la pareja sexual (73), el exenamorado (38) y el exconviviente que mantenía arraigo sentimental al momento de los hechos (2). También se contabilizó a una mujer victimaria, quien había sido conviviente homosexual de la mujer asesinada.

En el periodo analizado por el Ministerio Público, se identifican solo 41 casos (el 3,6%) en los que el feminicida era un completo desconocido para la víctima. En estos 41 ataques hubo previa violación o intento de abuso sexual. Otro 10% de los feminicidas era familiar directo de la víctima o conviviente de alguna mujer con la que tenía parentesco, mientras que el 5,3% eran amigos, vecinos o compañeros de trabajo.

El daño más directo al cuerpo de las víctimas

Las cuatro principales modalidades de ataque a las mujeres en los feminicidios son el estrangulamiento o asfixia, el acuchillamiento, los golpes y los disparos. Del periodo analizado por el Ministerio Público, se recoge que en 340 de los casos, la víctima fue impedida de respirar. Por otro lado, hasta 295 mujeres fueron asesinadas con algún elemento punzocortante y 202, golpeadas hasta la muerte. Otras 177 fueron victimadas con arma de fuego.

Para la socióloga Katherine Soto, las características de las agresiones que acaban en feminicidio tienen como componente común el deseo de un daño directo que deje huellas en el cuerpo de las víctimas. “Estas modalidades de asesinar mujeres evidencian que los agresores y feminicidas no solo buscan controlar o lastimar, sino también marcar a sus víctimas, ya sea para que vivan con la exposición de sus heridas o, en el peor de los casos, mueran de la manera más violenta posible”, afirma.

Cifras en paralelo

En julio pasado, RPPData accedió a un cuadro estadístico de feminicidios registrados entre enero de 2014 y junio de 2018 por las fiscalías provinciales penales y mixtas a nivel nacional. En este las cifras eran mucho mayores (alrededor de 1600 casos en solo esos tres años y medio) que las agrupadas anualmente por el Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público. La disparidad se debe a que las fiscalías incluyeron casos que finalmente no se determinaron como feminicidios.

Es necesario precisar que el Perú no cuenta con un registro estadístico único sobre feminicidios. Además del Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables realiza su propio recuento de casos por año. Y los números de ambas fuentes suelen variar un poco.

Jeannette Llaja, abogada experta en género, precisó a RPPData que esto se debería a un problema de calificación del delito. “Algunas veces, y eso también lo ha dicho la Defensoría del Pueblo, se califica como “asesinato” el delito de feminicidio y un ejemplo es el caso de Juanita Mendoza. La tendencia (de feminicidios) sí es a la baja, pero también hay problemas de registro y calificación. No siempre los casos de feminicidio se consideran así. Además, los casos de tentativa siguen con tendencia a subir cada año”.

Los feminicidios en Perú son reconocidos con ese nombre desde el 2011, cuando el Congreso de la República aprobó la ley que los introdujo como calificación dentro del delito de parricidio en el Código Penal. No obstante, el feminicidio solo era considerado como tal si el atacante tenía vínculo de pareja con la víctima. Para el 2013, el feminicidio obtuvo su propio artículo (el 108-B) y se ampliaron los alcances del delito a la esfera no íntima y también familiar. Sin embargo, el problema parece trascender el plano penal.

Llaja aclara que la erradicación o reducción de los feminicidios no puede depender solo de la penalización. “Eso tiene que ver ya con la política contra la violencia hacia la mujer y la prevención. Si bien es cierto que las penas tienen una función de prevención específica para que el mismo delincuente no vuelva a cometer el delito y eso deja un mensaje social de que la conducta es mala, lo cierto es que uno no puede depositar en el Derecho Penal la prevención que debe impulsarse desde otros espacios”, afirma.

En 2016, el Ejecutivo publicó el Decreto Supremo Nº 008-2016, que aprueba el Plan Nacional contra la Violencia de Género hasta el 2021. Antes, entre 2009 y 2015, rigió otra guía similar con acciones estratégicas que diferentes sectores -Educación, Salud, Interior, Justicia, Gobiernos regionales y otros- debían seguir para atender los casos de violencia de género en el país y contribuir a su prevención. Pero los números, como ya vimos, no han variado mucho en el tiempo.

Periodista.

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