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Licencia por paternidad no es renunciable ni puede ser canjeada

Foto: RPP
Foto: RPP

Congresista Cabanillas destacó que esta norma tiene como interés superior el bienestar del recién nacido para sentar una base de seguridad a lo largo de su vida.

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"La licencia de cuatro días remunerados por motivo de paternidad es un derecho que no es renunciable y no puede ser canjeado por otro beneficio", sostuvo la congresista Mercedes Cabanillas.

Indicó en RPP, que esta ley marca un "hito" en nuestro país, en el sentido de que se reeducará al varón, para terminar con algunos pensamientos machistas inmersos en nuestra sociedad y a la vez integrar más la familia.

En tal sentido, destacó que esta norma tiene como interés superior el bienestar del recién nacido para sentar una base de seguridad a lo largo de su vida.

Cabanillas Bustamante precisó que el futuro padre, que puede ser un servidor público o privado incluidas las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, debe comunicar al empleador sobre la fecha probable del parto con una anticipación mínima de 15 días.

Cabe precisar que el presidente Alan García promulgó el sábado, la autógrafa de Ley aprobada por el Congreso días atrás bajo la denominación de "Ley que concede el derecho de licencia por paternidad a los trabajadores de la actividad pública y privada".

La licencia deberá otorgarse durante cuatro días hábiles y consecutivos, desde la fecha que el trabajador indique, comprendida entre la fecha de nacimiento del nuevo hijo o hija y la fecha en que la madre o el hijo o hija sean dados de alta por el centro médico respectivo.

De otro lado, la legisladora aprista expresó que no ha planteado una acusación contra los miembros del Tribunal Constitucional, por su fallo en contra del uso de la fuerza letal por las Fuerzas Armadas.

"Hay que trabajar invitando al Tribunal Constitucional, no les quita nada. Los organismos constitucionales deben dialogar", sentenció. 



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