Así lo contempla un proyecto de ley aprobado por el Congreso, y que aún debe ser promulgado por el Ejecutivo, explicó el decano del Colegio de Abogados de Lima.
El decano del Colegio de Abogados de Lima (CAL), César Bazán, informó que, con la disposición congresal para que los notarios del país puedan certificar las uniones de hecho, las parejas de convivientes podrán ser reconocidas con todos los derechos que la ley les ampara mediante un trámite que durará menos de un mes.
"El Congreso ha dictado una ley que amplía la función notarial para hacer el reconocimiento de las uniones de hecho. La autógrafa ya ha sido enviada al presidente (Alan García) y seguro dentro de poco va ser promulgada", dijo a RPP.
"A partir de la presente ley, van a poder hacer valer ese derecho, esa calidad de conviviente, e inscribirla en los Registros Públicos para los fines de reconocer esa sociedad de gananciales", agregó.
Bazán precisó que, con la nueva normativa, solo se necesita presentar una declaración simple, dos testigos, un certificado domiciliario y las firmas de los involucrados para completar el trámite.
"Antes las parejas tienen que ir a un juicio para hacer prevalecer las uniones de hecho. Se pasan años litigando ante el Poder Judicial. Y esto sucede cuando uno de los convivientes ha fallecido", comentó.
"El Congreso ha dictado una ley que amplía la función notarial para hacer el reconocimiento de las uniones de hecho. La autógrafa ya ha sido enviada al presidente (Alan García) y seguro dentro de poco va ser promulgada", dijo a RPP.
"A partir de la presente ley, van a poder hacer valer ese derecho, esa calidad de conviviente, e inscribirla en los Registros Públicos para los fines de reconocer esa sociedad de gananciales", agregó.
Bazán precisó que, con la nueva normativa, solo se necesita presentar una declaración simple, dos testigos, un certificado domiciliario y las firmas de los involucrados para completar el trámite.
"Antes las parejas tienen que ir a un juicio para hacer prevalecer las uniones de hecho. Se pasan años litigando ante el Poder Judicial. Y esto sucede cuando uno de los convivientes ha fallecido", comentó.
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