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Nuevo sistema de identificación vehicular rige a partir del 1 de enero

Foto: Andina
Foto: Andina

La norma establecida por el Ministerio de Transportes también establece la creación de la Placa Gubernamental, que permitirá identificar a vehículos del Estado.

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A fin de lograr reducir el alto índice de falsificación de placas de rodaje registrado en los últimos años a nivel nacional, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones ha establecido el cronograma de aplicación del nuevo sistema de identificación vehicular, precisando, asimismo, quienes están obligados a tramitar sus nuevas placas puesto que no se trata de un reemplazamiento general.

De acuerdo a la norma, solamente están obligados a realizar el trámite todos aquellos que inscriban en el Registro de Propiedad Vehicular de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, vehículos nuevos o usados importados, así como quienes efectúen trámite de duplicado de placa única nacional de rodaje y de inscripción del cambio de uso y/o categoría que implique el cambio de número de matrícula.

Asimismo, a partir del 1 de febrero del próximo año estarán obligados a efectuar el trámite, quienes realicen inscripción de las transferencias de propiedad vehicular y en la inscripción de la modificación de características vehiculares.

Sin embargo, la norma deja en libertad de realizar su inscripción a todos aquellos que voluntariamente quieran aplicar este nuevo sistema de identificación vehicular que, por su avanzada tecnología, permitirá reducir al alto índice de falsificaciones que generan un clima de inseguridad y pondrá al Perú a la par de otros países de América Latina y Europa.

Cabe precisar que una de las novedades tecnológicas del nuevo sistema de identificación vehicular la constituye la denominada tercera placa, anunciada por el ministro de Transportes y Comunicaciones, Enrique Cornejo Ramírez, quien señaló que se trata de un holograma que será adherido en frío al parabrisas, sellada con adhesivo y visible desde fuera del vehículo; llevará impreso el número de matrícula, marca, modelo y chip de radiofrecuencia, y se autodestruiría si se pretendiera retirarlo.

De otro lado, el Decreto Supremo también establece la creación de la Placa Gubernamental, mediante la cual se identificará a los vehículos propiedad de las entidades, organismos, y dependencias del Sector Público.

Estarán exceptuados de inscribirse en este registro, los vehículos de las Fuerzas Armadas y aquellos que, por la naturaleza del servicio que prestan se identifican con placa policial, de emergencia o de gracia.

Cabe precisar que la creación de la Placa Gubernamental permitirá a la ciudadanía conocer si un vehículo verdaderamente realiza un servicio oficial y si éste es realmente empleado para tal fin, en lugares y horas apropiadas y no para otros usos.

Por último, establece la prohibición de efectuar alteraciones o añadidos a la Placa de Rodaje o regulación de los denominados "portaplacas", precisando además que será la Dirección General de Transporte Terrestre (DGTT) la encargada de destruir las placas de rodaje devueltas.

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