´En términos de las coberturas es exactamente lo mismo: muerte, invalidez permanente, incapacidad temporal, gastos médicos y sepelio. La diferencia es el alcance´, dijo Carlos Izaguirre de la SBS
Carlos Izaguirre Intendente General de Supervisión de Instituciones Previsionales y Seguros de la SBS, explicó en RPP Noticias cuales son las diferencias entre el SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito) y las AFOCAT (Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito)
Explicó que el SOAT es un seguro obligatorio destinado a cualquier tipo de vehículo motorizado y tiene una cobertura a las víctimas de accidentes de tránsito en todo el territorio nacional.
Mientras que los seguros de AFOCAT, se venden exclusivamente a vehículos de transporte público que presten servicios al interior de una región o provincia.
"En términos de las coberturas es exactamente lo mismo: muerte, invalidez permanente, incapacidad temporal, gastos médicos y sepelio. La diferencia es el alcance", precisó.
Indicó que las AFOCAT, solo pueden emitir el Certificado contra Accidentes de Tránsito (CAT) a través de asociaciones de transportistas; y que el SOAT es ofrecido por compañías de seguros para el público en general.
Informó que debido a quejas de usuarios la SBS ha intervenido a dos Asociaciones proveedoras de CAT, que no estaban cumpliendo con sus obligaciones.
Se trata de la AFOCAT RM y AFOCAT CETU PERÚ. Ambas no podrán dar más coberturas, pues han sido desautorizadas por la SBS por no tener sus estados financieros en Orden. En el caso de tener siniestros pendientes, estos serán liquidados por la entidad reguladora.
Respecto a la negativa de algunos centros de salud de recibir a accidentados cubiertos por AFOCAT, dijo que se debe presentar una queja ante el Ministerio de Salud, pues según el marco legal, estos están obligados a atender eventualidades cubiertas por este tipo de seguros.
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