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Vehículos con señales de emergencia no permitidas serán sancionados

Nuevo Código de Tránsito establece la funcionalidad de estas señales. Conductores que no respeten la norma, podrían ser multados con 426 nuevos soles.

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A partir del 21 de julio, los conductores que utilicen señales audibles o visibles similares a las que usan los vehículos de emergencia u oficiales según lo establece el nuevo Código de Tránsito recibirán una multa de 426 nuevos soles, lo que equivale al 12% de una Unidad Impositiva Tributaria.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones informó además que se les retendrá el vehículo a aquellos que no cumplan con esta medida dentro de los plazos establecidos o no devuelvan las placas de exhibición, las deterioren intencionalmente, adulteren, destruyan o las utilicen en vehículos a los que no se encuentren asignadas.

De igual modo, serán sancionados con la misma multa cuando utilicen las placas fuera del plazo, horario, ruta establecida, cuando ha caducado o ha sido invalidada.

Cabe precisar que las placas de exhibición identifican a los vehículos nuevos hasta antes de su inscripción final.  La placa rotativa, identifica a los vehículos que salen de los Ceticos; en tanto que las placas transitorias, identifican a vehículos usados que ingresan al país y deben ser trasladados a Ceticos o Zofratacna.

Estas sanciones están catalogadas como Muy Graves (M) en el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito.

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