La medida se tomó por la presunta infracción a los artículos 19° y 25° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, ya que ambas empresas no habrían ofrecido un servicio idóneo a los pasajeros. Sus trenes chocaron en la vía de Ollantaytambo a Machu Picchu el pasado 31 de julio.
El Indecopi informó este martes que inició un procedimiento administrativo sancionador contra las empresas PeruRail e Inca Rail por la presunta infracción a los artículos 19° y 25° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, debido a que no habrían ofrecido un "servicio idóneo" a los pasajeros que transportaban en sus respectivos trenes, los que colisionaron el pasado 31 de julio.
En un comunicado, el organismo señala que el artículo 19° del Código dispone que los proveedores son responsables por la calidad e idoneidad de los productos y servicios que ofrecen y brindan en el mercado.
"Un usuario que contrata el servicio de transporte terrestre de pasajeros vía ferroviaria espera que el proveedor actúe en forma diligente, y lo traslade desde su lugar de origen hasta su destino sin ningún inconveniente; mientras que el artículo 25° determina que los productos o servicios ofertados en el mercado no deben conllevar, en condiciones de uso normal o previsible, riesgo injustificado o no advertido para la salud o seguridad de los consumidores o sus bienes", indicó.
Otras diligencias
El Indecopi recordó que apenas producido el accidente, emprendió las acciones de fiscalización contra ambas compañías para conocer las responsabilidades del accidente, ocurrido en la ruta Ollantaytambo – Machu Picchu.
"Además, se realizaron inspecciones en los locales de ambas empresas y se les requirió información respecto del accidente, requerimientos que fueron atendidos por las mismas", indicó.
La fiscalización incluyó inspecciones en la Clínica Pardo, a donde fueron enviados los pasajeros que resultaron heridos para verificar su atención médica recibida. También se inspeccionó y solicitó información a la empresa Rimac Seguros y Reaseguros S.A., encargada de la cobertura de siniestros.
El Indecopi detalló que se ha solicitado información a otras entidades competentes como al Ositran y a la Policía Nacional del Perú, entre otras, para conocer las circunstancias del accidente.
"El inicio de un procedimiento administrativo sancionador obedece a la existencia de indicios sobre la presunta infracción a las normas del Código de Protección de Defensa al Consumidor y de ninguna manera, constituye un prejuzgamiento sobre el resultado del procedimiento ni la responsabilidad del proveedor", agregó.
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