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ONPE formuló 83 denuncias por delitos cometidos en comicios de octubre

Andina
Andina

La Procuraduría del organismo electoral interpuso denuncias en 21 regiones.

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La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) formuló 83 denuncias penales contra quienes resulten responsables de los delitos contra la voluntad popular, cometidos en las elecciones regionales y municipales del 5 octubre pasado.

Para impedir que los actos de violencia perpetrados en aquella jornada electoral queden impunes y, sobre todo, no vuelvan a repetirse, la Procuraduría del organismo electoral interpuso denuncias en 21 regiones, precisó la ONPE en un comunicado.

Las denuncias fueron presentadas en las fiscalías de Amazonas, Áncash, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lima, Lambayeque, Loreto, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali.

La mayoría se formuló en Lima (13), Loreto (10), Huánuco (9), San Martín (7), Piura (6) y La Libertad (5); con cuatro aparecen Cusco, Áncash y Amazonas, y las restantes corresponden a las demás jurisdicciones.

Según la ONPE, los delitos contra la voluntad popular fueron cometidos bajo diversas modalidades: atentado contra el derecho al sufragio, suplantación de votante, sustracción y destrucción de material electoral y disturbios.

También bajo la modalidad de violencia contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones, perturbación al proceso electoral, sustracción y destrucción de cédulas de sufragio y de actas electorales.

El artículo 354 del Código Penal establece pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de diez años para el que, con violencia, perturba o impide que se desarrolle un proceso electoral general, parlamentario, regional o local.

Asimismo, el artículo 359 considera pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de ocho años para quien, con propósito de impedir o alterar el resultado de un proceso electoral, falsifica o destruye, de cualquier modo, en todo o en parte actas de escrutinio.

A su vez, el artículo 365 reprime con pena privativa de libertad no mayor de dos años a quien, sin alzamiento público, mediante violencia o amenaza, impide a una autoridad o a un funcionario o servidor público ejercer sus funciones o le obliga a practicar un determinado acto de sus funciones o le estorba en el ejercicio de éstas.

Las denuncias penales iniciadas por la ONPE también tienen como causales delitos no electorales, como resistencia o desobediencia a la autoridad, sedición, motín y conspiración.

Igualmente, delitos contra la vida, el cuerpo y la salud, contra la fe pública, patrimonio, la paz pública y la libertad personal, cometidos todos en las elecciones del 5 de octubre.

ANDINA

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