La Comisión de Justicia del Congreso aprobó el dictamen de insistencia de la autógrafa de ley que restituye la imposición de la detención preliminar en casos de no flagrancia. Ahora deberá ser visto por el Pleno del Parlamento.
Con 17 votos a favor y cinco en contra, la Comisión de Justicia del Congreso aprobó el dictamen de insistencia de la autógrafa de ley que propone restituir la imposición de la detención preliminar en casos de no flagrancia.
A mediados de diciembre, y a raíz de las críticas del Ministerio Público, el Pleno del Congreso aprobó la referida norma y la excluyó de segunda votación.
#CongresoInforma | Con 17 votos a favor y 5 en contra, la Comisión de Justicia aprobó el dictamen de insistencia derivado de los proyectos que restituyen y perfeccionan el artículo 261 del Código Penal, sobre la detención preliminar en casos de no flagrancia, con cargo a… pic.twitter.com/99D81sWM0H
— Congreso del Perú 🇵🇪 (@congresoperu) February 5, 2025
Sin embargo, el Poder Ejecutivo observó la ley, por lo que esta retornó a la Comisión de Justicia para que se revisen las observaciones presentadas por el Gobierno de Dina Boluarte.
Pleno del Congreso debatirá y votará el dictamen de insistencia
En la sesión de la citada comisión, el congresista de Renovación Popular, Alejandro Muñante, presentó la cuestión previa para que el grupo de trabajo apruebe por insistencia la autógrafa de ley, aprobada el 16 de diciembre de 2024, en lugar de analizar y aprobar un nuevo dictamen.
“Lo que hemos aprobado hoy es restituir la figura, tal cual el Congreso lo había aprobado […]. Esto es positivo porque la comisión pretendía aprobar un dictamen nuevo; es decir, como si fuera un proyecto de ley nuevo”, declaró a RPP.
El legislador estimó que el Pleno del Congreso podría debatir y votar el dictamen de insistencia en la primera semana de marzo.
Asimismo, dijo que las observaciones del Ejecutivo fueron “completamente irregulares”, por lo que la comisión decidió pasarlas al “archivo”.
“Era un documento donde se hacía un listado de más de 132 delitos, dejando fuera a otros delitos graves, lo cual podría significar una perturbación de la administración de justicia, porque un juez o fiscal tendría que revisar si el delito cometido estaba dentro de [esta] lista”, acotó.
Finalmente, Muñante alegó que si el Gobierno desea abrir el debate, se podría plantear un nuevo proyecto de ley vinculado a la detención preliminar.
¿Qué dice la normativa?
La normativa restituye los parámetros del literal ‘A’, del número 1, del artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal.
Asimismo, establece que el juez de la investigación preparatoria, a requerimiento del fiscal, dicta mandato de detención preliminar cuando no se presente un supuesto de flagrancia delictiva, pero existan elementos razonables para considerar que una persona ha cometido un delito sancionado con pena privativa de libertad superior a cuatro años.
También cuando se presenten indicios razonables de la posibilidad de fuga u obstaculización de la averiguación de la verdad.
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