Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
El Club de la Green Card
¿Cuánto tiempo necesitas vivir en EE.UU. para ser ciudadano?
EP 136 • 01:55
El poder en tus manos
EP136 | INFORMES | Las fechas electorales clave del 2025 y los retos de los organismos previo a las próximas elecciones
EP 136 • 00:15
Letras en el tiempo
Cómo elegir un cuento
EP 41 • 37:40

Congreso aprobó por insistencia ley que limita figura de la colaboración eficaz en sus plazos

El Parlamento aprobó por insistencia la norma observada por el Ejecutivo.
El Parlamento aprobó por insistencia la norma observada por el Ejecutivo. | Fuente: Andina

El Parlamento aprobó la modificación del Nuevo Código Procesal Penal respecto de la colaboración eficaz en su plazo máximo, pese a que el Ejecutivo observó este dictamen al considerarlo “no razonable”.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

El pleno del Congreso aprobó la noche de este jueves por insistencia la ley que limita la figura de la colaboración eficaz en un plazo máximo de ocho meses, pese a que el Ejecutivo observó dicha autógrafa y propuso un plazo de 36 meses improrrogables.

Con un total de 89 votos a favor, 15 en contra y 2 abstenciones, la insistencia a esta norma se impuso en el Legislativo, que podrá promulgarla, debido a que ya no será necesaria una segunda votación.

Este dictamen, que modifica tres artículos del Nuevo Código Procesal Penal referidos a la colaboración eficaz, ya había sido aprobado previamente en la Comisión de Justicia, a donde regresó luego de que el Ejecutivo la observara.

Entonces votaron a favor legisladores de Perú Libre, Fuerza Popular, Bloque Magisterial, Alianza para el Progreso, Renovación Popular, Podemos Perú, Acción Popular, Perú Bicentenario y María del Carmen Alva, en calidad de no agrupada.

Con esta modificación se fija en ocho meses como plazo máximo para que un aspirante a colaborador eficaz pueda ser aceptado o denegado como tal. Este periodo puede ser ampliado por causas justificadas por cuadro meses.

En caso de crimen organizado, se indica que la prórroga podrá ser por otros ocho meses.

Observaciones del Ejecutivo

El Ejecutivo había señalado que dichos plazos son cortos y podrían representar un obstáculo para el adecuado trámite de los procedimientos.

Según señaló el titular del Gabinete Ministerial, Alberto Otárola, la ley era buena, en el sentido de proteger el debido proceso legal y la tutela jurisdiccional efectiva de los que están sometidos a procedimientos de colaboración eficaz.

Sin embargo, precisó que la observación que realizaban era muy concreta, pues consideraron que el plazo de ocho meses no era razonable.

“Hemos hecho un estudio de toda la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, de la Corte Suprema, de la CIDH, y estamos sugiriendo al Congreso que este plazo sea de 36 meses improrrogables para garantizar el debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva", dijo en julio.

“Nosotros decimos que todo procedimiento legal debe tener un plazo. Ese plazo no existía y ha hecho bien el Congreso en ingresar a reglamentar, a través de esta norma, la regulación del plazo. Sin embargo, este plazo no es suficiente, no es proporcional ni razonable", agregó.

Te recomendamos

Sebastián Acosta

Sebastián Acosta Periodista

Profesional con 9 años de experiencia en coyuntura política. Trabajo también en la cobertura de temas de actualidad.

Tags

Lo último en Congreso

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA