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Congreso aprueba ley que autoriza acceso "libre y voluntario" a la vacuna contra la COVID-19

Se considera a las vacunas y medicamentos “que permiten curar y prevenir el coronavirus SARS CoV-2, así como los que se empleen para emergencias sanitarias nacionales y otras pandemias declaradas por la Organización Mundial de la Salud, se les considera como bien esencial”.
Se considera a las vacunas y medicamentos “que permiten curar y prevenir el coronavirus SARS CoV-2, así como los que se empleen para emergencias sanitarias nacionales y otras pandemias declaradas por la Organización Mundial de la Salud, se les considera como bien esencial”. | Fuente: EFE

Si bien en octubre pasado el proyecto fue aprobado en primera votación y estaba a la espera de una segunda votación en el Pleno, los congresistas solicitaron algunas modificaciones por lo que se tuvo que votar nuevamente este viernes.

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Después de un nuevo debate y la presentación de un nuevo texto sustitutorio por parte de la Comisión de Salud del Congreso, el Pleno aprobó por mayoría el proyecto de ley que garantiza el acceso al tratamiento preventivo y curativo de la enfermedad COVID-19 y de emergencias sanitarias nacionales y otras pandemias declaradas por la Organización mundial de la Salud (OMS).

Si bien en octubre pasado el proyecto fue aprobado en primera votación y estaba a la espera de una segunda votación por parte del Pleno, los congresistas solicitaron algunas modificaciones por lo que se tuvo que retorna a la primera votación de un nuevo texto sustitutorio.

En el artículo 1, y con las modificaciones, se lee que “la presente ley tiene por objeto garantizar el acceso libre y voluntario a la población en general del tratamiento preventivo y curativo de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-CoV-2, así como de otras enfermedades que dan origen a emergencias sanitarias nacionales y otras pandemias declaradas por la Organización Mundial de la Salud”.

Además, se considera a las vacunas y medicamentos “que permiten curar y prevenir el coronavirus SARS CoV-2, así como los que se empleen para emergencias sanitarias nacionales y otras pandemias declaradas por la Organización Mundial de la Salud, se les considera como bien esencial”.

En el artículo 4 del texto, de la adquisición, distribución y disponibilidad, se lee que “será gratuito y universal para los habitantes del país en los establecimientos públicos de salud”.

“La adquisición, distribución y disponibilidad, de medicamentos y vacunas del coronavirus SARS CoV-2 en el ámbito privado no podrá contravenir el artículo 234 del Código Penal”, añade.


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