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Denuncia constitucional contra Pedro Castillo: ¿qué pasos deberá seguir ahora el Congreso y cuánto tiempo puede durar el proceso?

Denuncia constitucional contra Pedro Castillo: ¿qué pasos deberá seguir ahora el Congreso y cuánto tiempo puede durar el proceso?
Denuncia constitucional contra Pedro Castillo: ¿qué pasos deberá seguir ahora el Congreso y cuánto tiempo puede durar el proceso?

La fiscal de la Nación presentó una denuncia constitucional contra el presidente Pedro Castillo por liderar una supuesta organización criminal, tráfico de influencias y colusión. Ahora, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso tendrá que analizar el caso del mandatario.

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César Delgado-Guembes, experto en derecho parlamentario, explicó en RPP Noticias el trámite que deberá seguir el Congreso luego de que la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, presentara este martes una denuncia constitucional contra el presidente de la República, Pedro Castillo, por los presuntos delitos de organización criminal, tráfico de influencias y colusión. El especialista precisa que, para entender el tema, hay que tener en cuenta que en el Perú el jefe de Estado "tiene un régimen especial que no admite el uso de las normas regulares que se siguen contra otros altos funcionarios", lo que significa que el presidente tiene inmunidad y no puede ser acusado de delitos en los tribunales. Por lo tanto, lo que va a tener que hacer el Congreso en este caso es dilucidar si la denuncia que presentó la Fiscalía es compatible con el artículo 117 de la Constitución que prescribe el régimen de indemnidad presidencial. "Si el Congreso estima que se ha cumplido con los requisitos prescritos en el artículo 117 de la Constitución, el procedimiento empieza y es procedente la denuncia", comenta.

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Delgado-Guembes explica que la denuncia constitucional tendrá que pasar, en una primera instancia, por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, donde se conocerá el caso, se acumularán los hechos, se evaluarán las pruebas y se propondrá una decisión. Luego de ello se pasa a una segunda instancia, donde la Comisión Permanente realizará una audiencia y escuchará al denunciante y al denunciado, y deliberará sobre los hallazgos que se hayan encontrado dentro de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales. "Si encuentra que hay fundamento, se resolverá acusar al alto funcionario ante el pleno y el pleno a su turno resolverá", indica.

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El experto aclara que este proceso no tiene un tiempo definido, ya que va a depender de la prioridad que le otorgue el Congreso de la República. "Si el Congreso le da prioridad a este asunto, podría resolverse probablemente en 3 meses, pero si no se pisa el acelerador el caso puede demorar un año o dos años. O sea, no hay manera de predecir de manera fidedigna cuánto tiempo puede durar", señala.

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 Alejandro Rospigliosi, exjefe del Centro de Estudios Constitucionales y Parlamentarios, sostiene que la denuncia constitucional presenta varios obstáculos. Uno de ellos, por ejemplo, es que el artículo 117 de la Constitución establece que solo se puede acusar a un presidente por los delitos de traición a la patria, disolver inconstitucionalmente el Congreso o por impedir el funcionamiento del Congreso o de los organismos electorales. Por ello, considera que el mejor camino es que dicha denuncia sirva para que los parlamentarios construyan y fundamenten una moción de vacancia por incapacidad moral permanente.

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No obstante, para César Azabache, exprocurador anticorrupción, la denuncia hecha por la fiscal de la Nación no estaría yendo contra el artículo 117 de la Constitución porque - explica - una denuncia significa solamente la comunicación de un hecho, es decir, "lo que sigue a una denuncia es una investigación, no una acusación". "La fiscal de la Nación no le está pidiendo al Congreso en este instante que acuse a Castillo ni le está pidiendo permiso para acusar ella. Por eso el énfasis en la diferencia, lo que hay que leer es que esta es una comunicación de hechos, lo que pase de aquí en adelante va a depender del modo en que el Congreso entienda sus competencias", comentó.

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Azabache indica además que, paralelamente a la denuncia constitucional, el Congreso de la República podría discutir la derogación del artículo 117 de la Constitución para dejar al presidente con las protecciones constitucionales que tiene cualquier ministro de Estado, que son: el antejuicio, la reserva de cargos para la Fiscalía Suprema y la reserva del proceso para la Corte Suprema.

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El fiscal adjunto superior Marco Huamán, quien coordinó los allanamientos de la operación 'Valkiria II', brindó detalles de los fundamentos de la Fiscalía para denunciar constitucionalmente al presidente Pedro Castillo. "Esta denuncia contiene el hecho criminoso de la existencia de una organización criminal que estaría liderada por el presidente en funciones Pedro Castillo, integrada además por el brazo cercano del presidente. A lo largo de estos actos de investigación criminal se han encontrado graves fundados elementos de que está organización tenía como elemento modal insertarse en los diversos estamentos del Estado, con la finalidad de copar estos puestos claves a fin de controlar y direccionar los procesos de contratación y, como todo organización criminal, obtener los fondos para sus integrantes y para el sostenimiento de la organización criminal", explicó.

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