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Francisco Sagasti envió oficio al Congreso para solicitar pensión vitalicia en su condición de expresidente

Oficio de Sagasti al Congreso mediante el cual solicita la pensión vitalicia en su condición de expresidente de la República
Oficio de Sagasti al Congreso mediante el cual solicita la pensión vitalicia en su condición de expresidente de la República

Mediante un oficio al oficial mayor del Congreso, el expresidente Francisco Sagasti solicitó que se le otorgue la pensión establecida en la ley por haber asumido la Presidencia de la República.

El expresidente Francisco Sagasti solicitó que se le otorgue la pensión establecida en la ley por haber asumido la Presidencia de la República. Mediante un oficio al oficial mayor del Congreso, recordó que ya había presentado esta solicitud el pasado 26 de julio, dos días antes de culminar su mandato.

Más temprano se conoció que Manuel Merino solicitó que se le otorgue pensión como expresidente de la República. En una carta enviada a la titular del Congreso, María del Carmen Alva, le pidió que se le otorgue la pensión establecida en la ley N°26519, así como otros beneficios, por haberse encargado de la Presidencia del 10 al 15 de noviembre de 2020.

¿Le corresponde pensión vitalicia a Merino y a Sagasti?

¿Le corresponde pensión vitalicia a Manuel Merino y a Francisco Sagasti? En La Rotativa del Aire, el abogado constitucionalista Luciano López analizó el pedido de los dos excongresistas, que han solicitado se les dé su pensión vitalicia por haber asumido el cargo de presidente de la República.

"En mi opinión, para ningún presidente del Congreso que haya asumido las funciones de presidente de la República le corresponde pensión vitalicia", manifestó.

El experto señaló que la Constitución establece la línea sucesoria cuando un presidente es vacado o ya no puede ejercer sus funciones: en primer orden están los vicepresidentes que integraron la plancha ganadora en las elecciones.

Sin embargo, cuando un mandatario no tiene vicepresidentes, la Carta Magna contempla que sea el presidente del Congreso quien asuma las funciones de jefe de Estado.

Luciano López apuntó que la Constitución no decreta que el titular del Congreso asume el cargo de presidente de la República, sino las funciones de este.

Por ende, a Manuel Merino y a Francisco Sagasti no les correspondería la pensión vitalicia que se les da a los exmandatarios, según la interpretación de Luciano López.

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