La presidenta de la Comisión de Constitución sustentó el proyecto de ley que plantea que cuando el presidente del Consejo de Ministros concurre al Parlamento para exponer y debatir la política general del Gobierno, la exposición no da lugar a voto de confianza por parte del Congreso.
La congresista Patricia Juárez, presidenta de la Comisión de Constitución, sustentó el proyecto de ley 0612/2021-CR, Ley de reforma constitucional del artículo 130 de la Constitución Política, mediante el cual se plantea que cuando el presidente del Consejo de Ministros concurre al Parlamento, en compañía de los demás ministros, para exponer y debatir la política general del Gobierno y las principales medidas que requiere su gestión, la exposición no da lugar a voto de confianza por parte del Congreso.
"El voto de confianza a los nuevos gabinetes no tiene sentido en la forma de Gobierno del Perú -presidencialismo atenuado-, debido a que compromete al Congreso de la República a pronunciarse o a legitimar un gabinete en el cual no ha participado en su conformación", precisó.
La parlamentaria de Fuerza Popular sostuvo que el planteamiento busca abordar la ineficacia del voto de confianza, pues si bien se concibió con una intención de buscar la cooperación entre los poderes del Estado, la realidad es que en la experiencia vivida no ha sido motivo de cooperación, sino de enfrentamiento.
En entrevista con RPP Noticias, explicó que la propuesta, de su autoría, plantea que los ministros que conforman el nuevo Gabinete acudan al Congreso en el plazo de 30 días tras su nombramiento y que se realice una discusión sobre el programa de gobierno y las políticas para gobernar, sin que esto implique un otorgamiento de confianza.
"Lo que se está haciendo es eliminar esta posibilidad porque en realidad esto nació con la finalidad de que existiera un respaldo del Congreso a un Gabinete, que en un régimen presidencialista como el nuestro, es elegido por el presidente de la República; sin embargo, con el paso del tiempo, esto se ha convertido en una situación, más que de respaldo, de confrontación", indicó.
Juárez también explicó que, si se aprueba el proyecto que reconoce la facultad del presidente para nombrar a los ministros, al día siguiente de estos nombramientos el Congreso podría comenzar con las interpelaciones o de censura que considere necesarias, en lugar de esperar los 30 días para la investidura, como ocurre actualmente.
"El control político que debe ejercer el Congreso es parte de su razón de ser, entonces las interpelaciones, y luego las censuras, deben darse como un mecanismo de control político, pero esta situación de las cuestiones de confianza obligatorias ya viene de mucha discusión de parte de la academia y por numerosas personalidades", apuntó.
Ley que regula la cuestión de confianza
Como se recuerda, el Congreso de la República aprobó por insistencia dicha norma que determina que el Poder Ejecutivo solo puede invocar la Cuestión de confianza cuando se trate de temas que están relacionados directamente a la concreción de su política general de gobierno.
Con ello no se podrá invocar , por ejemplo, la defensa de otras entidades autónomas como fundamento de dicho mecanismo constitucional. La ley que regula la cuestión de confianza se encuentra vigente en la actualidad y solo dejara de ser constitucional si así lo resuelve el Tribunal Constitucional a futuro.
Con esta aprobación, la cuestión de confianza que puede plantear un ministro de Estado o el presidente del Consejo de Ministros, está referida a materias de competencia del Poder Ejecutivo relacionadas directamente a la concreción de su política general de gobierno.
En ese sentido, no se encuentran entre estas competencias las relativas a reformas constitucionales ni las que afecten las competencias exclusivas del Congreso de la República o de otros organismos constitucionalmente autónomos.
Previamente al debate se presentó una cuestión previa presentada por la congresista Katy Ugarte (Perú Libre) con la finalidad de que la ley regrese a la Comisión de Constitución y sea debatida con mayor profundidad. Este pedido fue desestimado por 79 votos en contra, 39 a favor y cero abstenciones.
Desde el Poder Ejecutivo habían señalado que la posibilidad de que el presidente del Consejo de Ministros y otros titulares de sector planteen una cuestión de confianza se encuentra regulada en la Constitución como contrapeso a la facultad del Parlamento de plantear una moción de censura contra los ministros.
Asimismo, indicaron que la autógrafa de ley vulnera el principio de separación de poderes y las competencias del Ejecutivo vinculadas a la formulación e implementación de políticas públicas.
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