Especialista del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Luis Grillo, explicó en qué casos aplica la dispensa o justificación por no ir a votar o no cumplir con el deber de ser miembro de mesa y cuál es la diferencia entre ambos términos.
Solo 30 días nos separan de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, una jornada en la que se espera que más de 24 millones de peruanos elijan a sus nuevas autoridades para el periodo 2023 – 2026. Sin embargo, el Jurado Nacional de Elecciones informó que los ciudadanos que no puedan asistir a las urnas, por motivos ajenos a su voluntad, podrán presentar una dispensa o justificación, a fin de evitar la multa. De acuerdo con Luis Grillo, jefe de servicios al ciudadano del JNE, el primer recurso aplica para electores que no sufragaron, mientras que el segundo está dirigido a aquellos que no cumplieron con instalar su mesa.
El especialista explicó que una de las causales para solicitar una dispensa o justificación es por pérdida o robo del Documento Nacional de Identidad (DNI). En estos casos, indicó que el ciudadano deberá hacer la denuncia y tramitar su duplicado, para luego proceder con la solicitud ante el JNE. “Una vez que tenga el nuevo documento, deberá realizar un pago de S/ 25.90 por derecho de trámite y con estos requisitos tramitar la dispensa o justificación, según sea el caso. ¿Por qué con el nuevo DNI? Porque tenemos que corroborar que, efectivamente, la emisión es en una fecha posterior al proceso”, detalló.
Asimismo, indicó que otro de los motivos contemplados por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) está relacionado al ámbito de la salud. “(Aplica también) en caso que tengamos descanso, internamiento médico o un viaje al exterior por temas de salud (…) El descanso tiene que cruzar con la fecha del proceso”, explicó.
Grillo detalló además que los viajes al extranjero sí cuentan como causal, pero solo por motivos de salud o estudio. “(Por ejemplo), si estamos viajando por un tratamiento médico o estamos realizando estudios en el exterior”, precisó. De igual modo, aclaró que “el ámbito de este proceso es nacional”, por lo que “no participan los conciudadanos que estén fuera de nuestro territorio”.
El funcionario agregó que las personas que se encuentren registradas en Conadis y no puedan acudir a su local de votación, no se verán afectadas por la multa. “Nosotros tenemos un convenio con Conadis. Ellos remiten padrón de discapacitados y nosotros procedemos a la dispensa de oficio”, apuntó.
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