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Chirinos propone que alcaldes que postulan a cargos públicos no deban renunciar sino pedir licencia antes de comicios

Chirinos propone
Chirinos propone "que los alcaldes provinciales y distritales que postulen a otro cargo público puedan acogerse a una licencia obligatoria sin goce de haber por 60 días calendario" antes de la elección. | Fuente: Congreso / Andina

Patricia Chirinos (Renovación Popular) presentó un proyecto de ley que propone que los alcaldes provinciales y distritales que postulen a un cargo público deban pedir licencia por un plazo no menor a 60 días antes de las elecciones. La actual norma indica que deben renunciar con una anticipación de 6 meses.

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La congresista Patricia Chirinos (Renovación Popular) presentó ayer, lunes, un proyecto de ley que modifica el marco normativo electoral al disponer que "los alcaldes provinciales y distritales" que decidan postular a un cargo público deban "solicitar licencia sin goce de haber por un plazo no menor de sesenta (60) días calendario antes de la fecha de la elección".

La parlamentaria propone que dicha solicitud deberá ser presentada ante el Concejo Municipal respectivo, el cual "está obligado a concederla".

"La falta de solicitud de licencia constituirá causal de improcedencia de la inscripción de la candidatura", indica el proyecto.

Cabe resaltar que la actual normativa indica que los alcaldes que decidan postular "como candidatos a presidente y vicepresidentes de la República, a senador o diputado" deberán renunciar al cargo "seis meses antes de las elecciones ordinarias". 

"La presentación de la renuncia correspondiente tiene como efecto inmediato que el primer regidor asuma por encargatura las funciones del alcalde", dispone el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). 

En ese sentido, para las elecciones generales que se realizarán el próximo año, dichos burgomaestres deberían presentar sus renuncias "hasta el lunes 13 de octubre de 2025". De aplicarse la modificación de Chirinos, las renuncias deberían darse los primeros días del próximo mes de febrero.  

"La renuncia obligatoria que se exige actualmente a los alcaldes produce un impacto negativo"

No obstante, Chirinos Venegas indica en su proyecto de ley que "la renuncia obligatoria que se exige actualmente a los alcaldes produce un impacto negativo en la gestión pública".

"Interrumpir el mandato mediante una renuncia anticipada deja sin conducción política a la entidad y perjudica directamente a la población, sobre todo en contextos vulnerables donde la presencia del alcalde es decisiva para la articulación de políticas públicas", fundamenta en su propuesta.

"Al obligar a una autoridad edil a abandonar su mandato antes de culminar la gestión, la norma genera un quiebre institucional que pone en riesgo la continuidad de obras, convenios o programas sociales en curso, con efectos concretos en el bienestar ciudadano. En cambio, la licencia sin goce de haber permite garantizar la neutralidad electoral pues el alcalde se aparta del cargo durante la campaña sin poner en riesgo el funcionamiento de la administración municipal", agrega.

Asimismo, la congresista de Renovación Popular criticó que, a diferencia de los alcaldes, "los trabajadores o funcionarios públicos que no ocupan cargos de elección popular pueden solicitar licencia sin goce de haber recién desde el 11 de febrero de 2026" si deciden postular en las próximas elecciones generales.

"Esta diferencia de trato no solo genera una desigualdad injustificada, sino que afecta la equidad y la continuidad institucional en los gobiernos locales", remarcó sobre ello. 

Chirinos concluye indicando que su iniciativa propone "una reforma mínima pero sustantiva: permitir que los alcaldes provinciales y distritales que postulen a otro cargo público puedan acogerse a una licencia obligatoria sin goce de haber por sesenta días calendario antes de la elección, en lugar de verse obligados a renunciar de manera definitiva".

"Esta medida es compatible con la Constitución, con el derecho comparado y con los principios de eficiencia, equidad y razonabilidad. No genera gastos públicos ni altera el sistema electoral. Solo corrige una injusticia normativa y evita un perjuicio institucional que afecta, en última instancia, a los ciudadanos", puntualiza. 

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