El abogado penalista Carlos Caro señaló que, según este proyecto de ley, los sentenciados por delitos graves que cumplan su condena estarán inhabilitados durante 10 años para postular a cargos públicos, luego de haber pagado su reparación civil. La propuesta se revisará esta semana en el Pleno del Congreso, según indicó la Junta de Portavoces del Parlamento.
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Sentenciados quedarían fuera de carrera electoral si se aprueba dictamen que limita postulación de exsentenciados, señala especialista
El proyecto de ley que impide que exsentenciados por delitos graves como terrorismo u homicidio sean candidatos en elecciones por fin se debatirá esta semana en el Congreso, tras meses de encontrase en agenda sin ser tocado por el Pleno.
La iniciativa, que tiene el propósito de garantizar la idoneidad para el ejercicio de la función pública, propone que las personas que cumplieron condena por terrorismo, homicidio, violencia sexual, tráfico de drogas, delitos de corrupción y otros, estén impedidas de postular en elecciones hasta diez años después de encontrarse rehabilitadas.
En Las Cosas Como Son de RPP, el abogado penalista Dino Carlos Caro destacó que para que una persona sea rehabilitada tiene que haber pagado la totalidad de la reparación civil que le impone el Estado.
"Sale de la cárcel, pero para rehabilitarse tiene que pagar la reparación (...) y tiene que haber una resolución de un juez que declare a la persona rehabilitada, algo así como un reincorporado a la sociedad. [Luego] se eliminan sus antecedentes judiciales, condenas, todos los registros y, [después de eso] durante diez años no puede candidatear ni ser funcionario público", explica el experto.
Caro agregó también que personajes como Alberto Fujimori y Antauro Humala aún no han pagado la reparación civil que les ha interpuesto el Estado y que, además, si se aprueba esta ley, "los dos quedarían automáticamente fuera de cualquier carrera electoral".
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¿Qué hay del derecho constitucional a postular?
El 2022 el Tribunal Constitucional observó una ley que limitaba la participación en elecciones de personas con antecedentes judiciales graves, aun cuando hubieran sido rehabilitadas. El máximo órgano jurisdiccional argumentó que la norma -que no tenía rango constitucional- iba en contra del principio de presunción de inocencia y del derecho a la reinserción social.
Al respecto, el abogado penalista Carlos Caro explicó que el actual proyecto de ley presentado en el Congreso cumpliría con "la tendencia que marcó el Tribual Constitucional de que no puede haber prohibiciones perpetuas" ya que se ha establecido el plazo máximo de 10 años de impedimento de postular u ocupar un cargo público.
De otro lado, el especialista señaló que la iniciativa no va en contra de ningún principio de derecho penal, pues "no se trata de una sanción", sino de "normas de aplicación inmediata"; es decir, podrán aplicarse en los siguientes comicios, como las Elecciones Generales y Elecciones Regionales y Municipales. "No las están aplicando para convocatorias en curso o convocatorias que ya se han dado, igual regiría para el año 2026 para adelante", refirió.
Al ser una reforma constitucional, el proyecto de ley necesita 87 votos como mínimo en dos legislaturas consecutivas para que entre en vigencia. La primera legislatura termina este 15 de junio y, según estimaciones de expertos en temas electorales, debería promulgarse como máximo en abril del 2025 para que se aplique en las Elecciones 2026.
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