En los últimos días, el asesinato de niñas reportadas como desaparecidas colocó nuevamente el foco sobre el sistema que las autoridades deben activar para la búsqueda eficiente e inmediata de personas.
Daisy Lizeth Mina Huamán, 21 años y dedicada a la comunicación, desapareció el domingo 26 de enero de este año en Santa Rosa, Ayacucho. Las últimas imágenes que se tienen de ella, y que ha podido visualizar su familia, corresponden a las 6:12 p.m. de aquel día, cuando la joven salió de una tienda en donde había comprado un chip para recuperar el número de un celular que le habían robado dos meses atrás.
En el video, se la observa salir del local y dirigirse hacia la casa de su madre, quien corrobora que su hija llegó a despedirse para luego tomar un vehículo hacia el cuarto que alquilaba en el anexo Carmen Pampa, en la localidad ayacuchana de San Francisco. Su familia imaginó que ese viaje de una hora se había concretado, pero no existe mayor rastro del recorrido y, hasta el momento, la joven periodista está inubicable.
La historia de desaparición de Daisy tiene un capítulo terrible: la calidad de la atención policial frente al caso. El 25 de febrero, a un mes de desconocer el paradero de su hermana, Denia Mina había contado al aire en RPP que la denuncia fue minimizada por la Policía. “Exactamente me dijeron ‘¿de qué te preocupas si tu hermana va a aparecer? Se habrá ido con otro, con un amante’”, relató Mina en Ampliación de Noticias.
RPP Noticias se comunicó nuevamente con Denia Mina Huamán este 3 de marzo para conocer si el caso ha avanzado en los últimos días. Según contó, las investigaciones -que considera tardías y deficientes- no han arrojado aún ninguna señal sobre Daisy.
“La investigación del caso de mi hermana tiene un plazo de 60 días, que se puede extender a 30 días más. Hasta el momento, no hay levantamiento de las comunicaciones como para saber con qué personas se pudo haber comunicado mi hermana ese día. Se ha pedido a la empresa Bitel, pero no aceleran la entrega de la información. Las autoridades nos habían dicho que, con la última llamada, podían geolocalizar su celular, pero cuando se levante. Mientras tanto, tenemos que esperar”, nos dijo Denia al teléfono.
La indiferencia policial dificulta la investigación
El pasado viernes 28 de febrero, el Gobierno publicó el Decreto Supremo N° 002-2020-IN, con el que se aprueba el “Protocolo Interinstitucional de Atención de casos de Desaparición de Personas en Situación de Vulnerabilidad y Otros Casos de Desaparición”. Este protocolo, que debió haberse publicado diez meses antes, ordena las pautas de actuación inmediata que deben tomar las autoridades ante una denuncia en esta materia.
El protocolo se origina del Decreto Legislativo N° 1428, cuya publicación, el 16 de setiembre de 2018, derogó la ‘Ley Brunito’ y fijó medidas de protección especial en casos de desaparición no solo a menores y adultos mayores, sino también a mujeres víctimas de violencia, migrantes internos, personas con discapacidad, y otros grupos vulnerables.
Sin embargo, la regulación conocida desde 2018 no parece haber calado en las autoridades. Y el caso de Daisy es prueba de ello.
Denia Mina explicó desde Huamanga que “por jurisdicción” no aceptaron la denuncia en dos dependencias donde la familia recurrió el 28 de enero de 2020. “Formalizamos la denuncia en la comisaría de Santa Rosa, ya que en el Depincri de Huamanga -que yo tenía cerca- y la comisaría de San Francisco [que corresponde a la localidad de domicilio de Daisy] no nos aceptaban”, relató.
Para este texto, y a propósito del reciente protocolo, consultamos con el general PNP Luis Vera Llerena, director nacional contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes (Dirctptim). Su despacho en la Policía Nacional tiene competencia dentro de la División de Investigación y Búsqueda de Personas Desaparecidas.
“La Policía Nacional del Perú atiende a todos los ciudadanos sin distinción alguna. (...) Estas denuncias se reciben en las comisarías, en los departamentos de investigación criminal y también en la División de Investigación de Personas Desaparecidas de la Policía Nacional del Perú”, nos respondió el efectivo.
En el país no existe máxima difusión de alertas ni un registro total de casos de desaparición
Denia explica que, pese a que pudieron hacer la denuncia en Santa Rosa, la nota de alerta -el documento policial que certifica la ocurrencia y sirve para difundir los datos principales de la desaparecida- no salió ese mismo día. “No le entregaron la nota de la desaparición a mi mamá. Entonces, por eso no se pudo difundir ni en las redes sociales porque no la teníamos. Al día siguiente, mis familiares van de nuevo a la comisaría para pedirla y les dijeron que estaba pegada ya en la vitrina: ‘tómenle foto y publíquenla’. Y eso hicimos”, cuenta.
De acuerdo con el general Luis Vera Llerena, los casos de desaparición se registran en un sistema interno y luego se difunden en un portal web. “Al momento de realizar la denuncia por desaparición de una persona, el caso se registra en un sistema de la Policía Nacional del Perú llamado SIDPOL [Sistema de Denuncias Policiales] o SIRDIC [Sistema de Registro de Denuncias de Investigación Criminal], con alcance a nivel nacional. Este sistema se puede ver en la página web llamada ‘Personas Desaparecidas’. Ahí puede ingresar cualquier ciudadano y ver la desaparición de personas”.
Actualmente, el Perú no cuenta con un sistema unificado, público y actualizado de todos los casos de desaparición que se reportan en el país. El 11 de julio de 2003, el gobierno de entonces promulgó la Ley N° 28022, que ordena al Ministerio del Interior la creación del Registro Nacional de Información de Personas Desaparecidas. Han pasado 17 años sin que esta herramienta -clave para la máxima difusión de cada caso- sea implementada.
Portales digitales como a los que hace referencia el jefe de la Dirctptim son parciales y no necesariamente se actualizan, como lo informó RPP Data en su especial “Desaparecidas” en marzo de 2018. *Al cierre de edición de este artículo, la nota de alerta de Daisy Mina no figura ni en la página de Facebook “Personas Desaparecidas”, que administra la Dirincri, ni en el portal web “Desaparecidos”, de la PNP, ni tampoco en la página digital “Te Estamos Buscando”, que lanzó el Ministerio del Interior en enero de 2018 para reportes de menores desaparecidos pero que en tres ocasiones subió casos de personas con 18 años de edad.
Según el protocolo interinstitucional publicado el viernes pasado, este Registro Nacional de Información de Personas Desaparecidas sería implementado “en un plazo no mayor de 45 días hábiles”; es decir, a inicios de mayo próximo.
“En realidad, hay un registro parcial de los casos de personas desaparecidas. Todavía está pendiente el registro formal como sistema de gestión y de monitoreo de casos. Este sistema permitiría hacer seguimiento a cada caso”, dijo para este artículo el jefe de proyectos de la ONG CHS Alternativo, Luis Enrique Aguilar.
¿Realmente funciona la alerta de emergencia, apodada ‘Ámber’?
El Decreto Legislativo N° 1428, de 2018, anunció la implementación de dos sistemas especiales de emergencia: uno enfocado en niños, niñas o adolescentes desaparecidos y otro dirigido para mujeres víctimas de violencia y en situación de desaparición.
En el reglamento de esta norma, que fue emitido el 22 de febrero de 2019, se precisó que la alerta de emergencia para menores debe durar 72 horas y que debe difundirse “a los medios de comunicación, medios de transporte, operadoras de telecomunicaciones, empresas de paneles publicitarios, sociedad civil y comunidad en general”.
En el protocolo reciente se aclaran como medios de difusión para esta alerta de emergencia el “portal web de personas desaparecidas”, “la plataforma de interoperabilidad del Estado (PIDE)”, “las redes sociales de las entidades públicas”, “los canales de empresas privadas comprometidas”, y -a pedido de la Policía Nacional- el “Sistema de Mensajería de Alerta Temprana de Emergencia (SISMATE)”. Este último es el utilizado por el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) para alertas masivas por sms en caso de riesgo de desastres.
El último domingo 1 de marzo, una niña de nombre Camila desapareció en la zona de La Mina, en Payet, distrito de Independencia. Su madre había reportado a la Policía distrital que un hombre la había raptado. El cadáver de Camila, con signos de violencia, fue encontrado por las autoridades la tarde de esa fecha. El 29 de febrero, una bebé de nombre Brunella, desaparecida nueve días antes, también fue hallada asesinada en el distrito de Parcona, en Ica.
En estos casos, la alerta de emergencia no se activó; de otro modo, la ciudadanía lo hubiese notado por la masividad que promete el sistema ya regulado. Preguntamos los motivos al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), la institución que coordinó la emisión del protocolo.
“No tenemos conocimiento. De esos casos no te podemos señalar porque no tengo información todavía de cómo ha sido. Está recién en investigación”, dijo Carmen Santiago Bailetti, directora de Niños, Niñas y Adolescentes del MIMP.
En la entrevista a Santiago intervino también Godofredo Miguel Huerta Barrón, ex director general para la Seguridad Democrática del Mininter y actual director de Políticas de Niñas, Niños y Adolescentes del MIMP. El funcionario aclaró que el hecho de que aún no se haya implementado el registro nacional no impide que funcione el sistema de alerta de emergencia. “El registro, como tú bien has señalado, tiene un periodo para ser implementado. Pero nosotros exigimos que para la difusión de la alerta de emergencia, no sea condicionante. Y eso quedó en el protocolo”, expresó.
Consultados sobre si el alcance de la alerta de emergencia incluiría lo que el reglamento dice, los funcionarios lo afirmaron. “Con ‘canales de empresas privadas comprometidas’ eso incluye a todos. Las publicitarias… De acuerdo a lo que está en la normativa, el Decreto Legislativo y su reglamento ya generan la obligación. Porque este es un protocolo, que establece las acciones que deben hacerse para activarlo… Y ya los compromisos derivan del Decreto Legislativo y su reglamento”, indicó Huerta.
“No comprometidas de compromiso, sino comprometidas por la ley”, sentenció Santiago.
Para recordar, el Ministerio del Interior viene anunciando la publicación del registro nacional desde 2018, luego de que una página de dominio privado que recopilaba notas de alerta -peruanosdesaparecidos.org- dejara de funcionar. Ese mismo año, el sector también afirmaba que la “alerta ámber” sería implementada "próximamente", luego de la mediatización del caso de Xohana Guerra, una niña que luego fue encontrada fallecida por caída en un parque de Cañete.
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