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Control de identidad de extranjeros por la Policía: ¿en qué consiste la medida y qué la justifica?

En Ampliación de Noticias, el coronel PNP Denis Dávila Olivero, jefe de la División de Extranjería de la PNP, indicó que las 12 horas del plazo de retención para extranjeros es para el "cruce de información" de identidad con organismos internacionales.

Gobierno

Las modificaciones a la norma fueron oficializadas ayer por el Ejecutivo

Las modificaciones a la norma fueron oficializadas ayer por el Ejecutivo
Las modificaciones a la norma fueron oficializadas ayer por el Ejecutivo | Fuente: Andina

El Ejecutivo promulgó ayer, jueves, el Decreto Legislativo N° 1574, que modifica el nuevo Código Procesal Penal en lo que respecta al procedimiento de control de identidad policial a ciudadanos extranjeros.

Según indica la norma, en el marco del referido procedimiento, los extranjeros en el país podrán ser retenidos en dependencias policiales, hasta por 12 horas, "para su plena identificación".

En Ampliación de Noticias, el coronel PNP Denis Dávila Olivero, jefe de la División de Extranjería de la PNP; y Giovanna Vélez Fernández, asesora del Despacho Ministerial del Ministerio del Interior, comentaron estos cambios y sus implicancias en materia de seguridad ciudadana. 

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"Cuatro horas es insuficiente" 

Como se sabe, hasta antes de la modificatoria, la norma indicaba que, para efectos de identificación, tanto ciudadanos nacionales como extranjeros podían ser retenidos hasta 4 horas "desde el momento de la intervención policial". Sin embargo, para estos últimos, se ha adicionado 8 horas.

"Con un ciudadano peruano, no hay problema porque se ingresa al Reniec y se puede verificar plenamente su identidad, pero con los extranjeros la cosa no es así. Existen ciudadanos que no tienen documentación, que tienen diferentes documentos o que han ingresado de manera clandestina y que no portan documento de identificación", indicó Dávila Olivero. 

"Cuando los intervenimos, estos ciudadanos manifiestan cualquier nombre o presentan cualquier documento y para identificarlos debemos emplear mecanismos que no están en el país", agregó.

Respecto a esos "mecanismos", el coronel de la Policía aseveró que había que hacer "cruces de información" con consulados y organismos internacionales.

"Hay ciudadanos que no tienen identificación en el país, como los ciudadanos africanos, y tenemos que coordinar con las representaciones en Sudamérica u otras partes del mundo como Interpol. Cuatro horas es insuficiente", resaltó.

Consultado sobre el procedimiento en caso aún no se hubiere identificado al ciudadano extranjero intervenido pasadas las 12 horas, Dávila Olivero señaló que se le dejaba ir, considerando la situación particular.

"Depende de la situación en que nos encontremos. Si estamos ante una intervención policial, con personas implicadas en la delincuencia, el procedimiento es otro y tiene que entrar a tallar el Ministerio Público que tomará las herramientas para continuar la investigación", afirmó.

"Pero si es un ciudadano corriente que no podemos identificarlo hasta en 12 horas tiene que retirarse. Como dice la norma, podemos solicitar ampliación al Ministerio Público cuando lo consideremos necesario. Pero los policías tenemos experiencia en ver si es necesario", añadió.

"Cumplirán su pena aquí y luego se les expulsará"

Por otro lado, Giovanna Vélez Fernández señaló que "el Congreso ha autorizado expresamente en la norma esta ampliación excepcional de hasta 12 horas con ciudadanos extranjeros y hemos emitido ese decreto en el marco de esa facultad".

"A las 12 horas, tendría que terminar la retención y dejársele ir, pero hay una posibilidad de que en esas doce horas se pueda establecer una vinculación con algún hecho delictivo. Ahí se comunica al Ministerio Público para que pueda solicitar al juez las medidas correspondientes como una detención", explicó.

Asimismo, la letrada indicó que se están "dando herramientas al Poder Judicial" para que "el juez establezca como una pena adicional" viabilizar la expulsión de ciudadanos extranjeros por delitos graves como extorsión, secuestro, feminicidio, entre otros.

"Es importante que se cumpla la pena y que luego se disponga la expulsión porque hay que tener en cuenta que hay derechos de las víctimas que desean justicia y se les debe sancionar drásticamente en el Perú. Si es que se le expulsara sin haber tenido un proceso o una condena sería difícil asegurar que en otro país va a ser sancionado", resaltó.

Además, sostuvo que el decreto legislativo promulgado ayer "es parte de una reforma integral en materia migratoria" y que la expulsión "no solo se tiene en el ámbito penal, sino administrativo".

"Se viene articulando con el Poder Judicial y la Fiscalía para impulsar lo que son los procesos inmediatos cuando hay flagrancia o suficientes elementos para dictar una sentencia rápida (…) Vamos a avaluar esa posibilidad en el marco de fortalecimiento del sistema de justicia para crear estas jurisdicciones especiales que puedan asumir casos vinculados a mafias internacionales como el Tren de Aragua", afirmó.

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Luis Felipe Rodriguez Jimenez

Luis Felipe Rodriguez Jimenez Redactor web / Periodista

Periodista formado en las aulas sanmarquinas. Trabajo en temas políticos y culturales

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