La nueva norma busca profesionalizar a los serenos municipales mediante mejores procesos de selección, capacitación y entrenamiento, fortaleciendo su rol en la lucha contra la criminalidad.
La presidenta Dina Boluarte promulgó ayer domingo en Palacio de Gobierno la Ley que modifica la Ley 31297, conocida como la Ley del Servicio de Serenazgo Municipal.
Esta normativa introduce cambios que buscan para mejorar la selección, capacitación y entrenamiento de los serenos, con el objetivo de convertirlos en un apoyo clave para la Policía Nacional del Perú (PNP) en la lucha contra la inseguridad ciudadana.
¿Qué cambios introduce la nueva ley del serenazgo?
La legislación, publicada tras su aprobación en el Congreso, modifica los artículos 10 y 11, e incorpora el artículo 7-A a la Ley 31297, además de actualizar disposiciones complementarias.
Entre los principales puntos, se establecen requisitos más estrictos para los serenos y se regula la creación de centros de capacitación especializados.
Requisitos para ser sereno municipal
El artículo 7-A detalla los requisitos mínimos que deben cumplir los aspirantes a serenos municipales antes de su contratación:
- Contar con un documento de identidad vigente (DNI, carné de extranjería u otro).
- Ser mayor de 18 años.
- No tener antecedentes penales ni judiciales, ni sentencias por delitos dolosos.
- No estar inscrito en registros como el de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) o el de Reparaciones Civiles (Redereci).
- Aprobar un concurso público que incluye evaluaciones físicas, psicológicas y de conocimientos en primeros auxilios.
Aunque haber concluido la secundaria completa no es obligatorio, se considerará un criterio preferente en los procesos de selección.
Centros de capacitación para serenos
La ley establece que las municipalidades provinciales y las distritales de Lima Metropolitana con capacidad presupuestaria podrán crear centros de capacitación.
Estos estarán regulados por el Ministerio del Interior, que definirá requisitos como infraestructura, recursos humanos y logística. Las municipalidades sin recursos podrán recurrir a centros certificados o a la PNP, mediante convenios, para capacitar a su personal.
“Los serenos de las municipalidades que no cuenten con capacidad presupuestaria pueden recibir capacitación y entrenamiento por parte de los centros de capacitación de serenos municipales debidamente certificados por el Ministerio del Interior, o por parte de la Policía Nacional del Perú”, indica el artículo 10.3 de la norma.
Incorporación de personal con experiencia
Otra novedad es la inclusión de licenciados de las Fuerzas Armadas, personal en retiro de la PNP o militares, y bomberos voluntarios con más de 36 meses de servicio.
Estos grupos deberán representar al menos el 30% del total de efectivos de serenazgo en cada municipio, aprovechando su experiencia en seguridad ciudadana.
Además, recibirán bonificaciones en concursos públicos: 20% para militares, 15% para policías y 10% para bomberos.
Ayer, domingo, durante la ceremonia de promulgación, en el marco de una sesión del Cuarto de Guerra, la mandataria afirmó que la nueva norma es "clave para profesionalizar" la labor del sereno y convertirlo en un aliado fuerte, cercano y eficaz de nuestra Policía Nacional”.
El Poder Ejecutivo tiene un plazo de 60 días hábiles para adecuar el reglamento de la Ley 31297, aprobado por el Decreto Supremo 009-2022-IN, a los cambios establecidos. Este proceso garantizará la implementación efectiva de las nuevas disposiciones.
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