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Minsa aprobó guía técnica para el cuidado de salud mental durante la pandemia por la COVID-19

Desde el Minsa precisaron que todas las Instituciones Prestadoras de Salud (IPRESS) públicas y privadas deben incorporar el cuidado de la salud mental en sus planes.
Desde el Minsa precisaron que todas las Instituciones Prestadoras de Salud (IPRESS) públicas y privadas deben incorporar el cuidado de la salud mental en sus planes. | Fuente: Andina

La Resolución Ministerial sostiene que las manifestaciones emocionales de las personas ante la pandemia no deben considerarse una enfermedad, las cuales requieren ayuda. También establece que todas las Instituciones Prestadoras de Salud públicas y privadas deben incorporar el cuidado de la salud mental en sus planes ante la pandemia.

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El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó la Guía Técnica para el Cuidado de la Salud Mental de la Población Afectada, Familias y Comunidad debido a la pandemia por la COVID-19, cuyo objetivo es establecer los criterios técnicos y procedimientos para el cuidado y autocuidado de la salud mental de la población en el contexto de la pandemia.

La guía, aprobada en la Resolución Ministerial N°186-2020, sostiene que durante la pandemia las personas experimentan emociones negativas como respuesta natural a la situación. Estos malestares pueden ser ansiedad, temor, tristeza, preocupación, cambios en el apetito y sueño, especialmente si no satisfacen sus necesidades básicas y no cuentan con redes de soporte social.

Por tanto, esas manifestaciones no deben considerarse como una enfermedad, sino como reacciones emocionales intensas en una situación anormal que requieren ayuda. 

También establece la prioridad de la identificación activa de problemas de salud mental en personas con la COVID-19, así como en aquellas que se encuentran en aislamiento domiciliario, familiares y población en general. 

El documento técnico determina que todas las Instituciones Prestadoras de Salud (IPRESS) públicas y privadas deben incorporar el cuidado de la salud mental en sus planes y estrategias de intervención frente a la pandemia del nuevo coronavirus.

Además, que es responsabilidad de las Diresas, Geresas, Diris, Redes de Salud implementar, capacitar, conducir, supervisar y monitorear las disposiciones de la Guía Técnica y garantizar el abastecimiento y distribución de medicamentos para el diagnóstico y cuidado de la salud mental de pacientes con la COVID-19 y la supervisión del seguimiento clínico del cuidado de la salud mental a distancia y presencial de las personas en aislamiento.

Respecto de los procedimientos para fomentar el autocuidado de la población, la Guía identifica oportunamente problemas de salud mental en el contexto del nuevo coronavirus, como la reacción a estrés agudo, ansiedad, depresión, violencia hacia las mujeres y da pautas para el acompañamiento psicosocial a los familiares de las personas fallecidas en el contexto de la pandemia.

(Con información de Andina)

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